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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CONS ANDREA VERONICA S/ APREMIO PROVINCIAL(310)

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar deuda fiscal por $2.927.087,40 más intereses. El Tribunal hizo lugar al remate y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, imponiendo las costas a la demandada y difiriendo regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN ISIDRO
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
45735
Apremio provincial Ejecucion fiscal Remate Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de excepciones Costas Domicilio en estrados Ley 13.406 Cpc (arts. 116 155 41) Montos: $2.927.087 40

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

CONS ANDREA VERONICA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por capital reclamado de Pesos DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL OCHENTA Y SIETE CON 40/100 ($2.927.087,40) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal; traba de medidas cautelares y remate (apremio provincial).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la demandada efectúe el pago íntegro del capital reclamado más intereses desde la interposición de la demanda (24/08/2026). Se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios. Se tuvo por constituido el domicilio procesal en estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406).

Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406.

¿Qué se resolvió?

1) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto CONS ANDREA VERONICA, haga a la actora, íntegro pago del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL OCHENTA Y SIETE CON 40/100 ($2.927.087,40), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (24/08/2026) y hasta su efectivo pago.

2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios.

3) Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."

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