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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AROCENA MARIA LUCILA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para ejecutar títulos ejecutivos por deuda tributaria por $1.082.523. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó llevar adelante trance y remate hasta el pago íntegro del capital, intereses, gastos y costas, y difirió la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-35682
Ejecucion Apremio provincial Titulos ejecutivos Deuda fiscal Intereses codigo fiscal Trance y remate Costas Honorarios diferidos Domicilio constituido Intimacion de pago.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Arocena María Lucila (DNI 16.559.718).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por títulos ejecutivos Nros. 1513651 y 1513653 por la suma de PESOS UN MILLÓN OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTITRÉS ($1.082.523) más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al apremio; se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada efectúe el pago íntegro del capital reclamado, intereses legales, gastos y costas; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio en los estrados y se dejó constancia de la intimación practicada en el domicilio indicado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC).

Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC.,

¿Qué se resolvió?

Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada AROCENA, MARIA LUCILA (DNI N° 16.559.718) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos UN MILLON OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTITRES ($ 1.082.523), -conforme Títulos Ejecutivos Nro. 1513651 y 1513653-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC).

Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967.

Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC).

Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle LOS MANZANOS N° 3362 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)."

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