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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DIAZ LEONARDO EZEQUIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio y ejecución por deuda tributaria por capital reclamado $709.237,40. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y remate hasta el íntegro pago, con más intereses del Código Fiscal, costas y gastos, y constituyó domicilio procesal en los estrados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-36230
Proceso ejecutivo Apremio provincial Remate Fisco de la provincia de buenos aires Deuda tributaria $709.237 40 Intereses codigo fiscal Costas y gastos Domicilio constituido Intimacion de pago

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

DIAZ, LEONARDO EZEQUIEL (DNI N° 37.769.768).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución forzosa (apremio provincial) por capital reclamado por el ejecutante conforme Título Ejecutivo Nro. 1530816, por la suma de pesos SETECIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 709.237,40), más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se admite la ejecución y se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga el pago íntegro del capital reclamado, con intereses, gastos y costas. Se difiere regulación de honorarios, se constituye domicilio en los estrados y se deja constancia de la diligencia de intimación en el domicilio indicado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)."

"Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada DIAZ, LEONARDO EZEQUIEL (DNI N° 37.769.768) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos SETECIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 709.237,40), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1530816-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)."

"Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la avenida INDEPENDENCIA N° 4353 PISO:3°, DEPTO.:A de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

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