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Primera Instancia

TERMINIELLO DANIEL SERGIO OMAR C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES (MINISTERIO DE SEGURIDAD) S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor demandó a la Provincia de Buenos Aires (Ministerio de Seguridad) por el reconocimiento del reajuste de la Retribución Especial por Cese y la inclusión de la asignación mensual por Gastos de Representación. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó al Ministerio reconocer el pago de la suma actualizada más intereses (6% anual desde mayo 2024 y luego la tasa pasiva más alta del Banco Provincia), con costas para la demandada y regulación de honorarios diferida hasta la aprobación de la liquidación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
93520
Reajuste Retribucion especial por cese Gastos de representacion Ministerio de seguridad Provincia de buenos aires Actualizacion monetaria Intereses 6% anual Costas Regulacion de honorarios Primera instancia.

¿Quién es el actor?

TERNIELLO DANIEL SERGIO OMAR.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y reconocimiento en la liquidación de la Retribución Especial por Cese (art. 45 inc. f) ley 13.982) incluyendo el cómputo de la asignación mensual del art. 45 inc. e) apart. 7 y 79 del Dec. 1050/09 (Gastos de Representación), con actualización a valores actuales y pago de intereses desde el depósito de la Retribución (mayo 2024).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la pretensión. Se condenó al Ministerio de Seguridad a reconocer el derecho del accionante al pago del reajuste solicitado computando la asignación mencionada, a valores actuales calculados al momento de aprobarse la liquidación, con intereses al 6% anual desde mayo de 2024 hasta determinar el valor actual, y a partir de entonces la tasa pasiva más alta vigente que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires por depósitos a 30 días. Se impusieron las costas a la demandada y se diferirió la regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Hacer lugar a la pretensión deducida en autos y condenar al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, a reconocer el derecho del accionante al pago del reajuste de la liquidación solicitada respecto a la Retribución Especial por Cese del artículo 45 inciso f) de la ley 13.982 abonada, debiendo la autoridad de aplicación computar en la misma el pago de la asignación mensual del artículo 45 inciso e) apartado 7 y 79 del Dec. 1050/09 (Gastos de Representación), cuya suma deberá reconocerse a valores actuales calculados al momento de aprobarse la liquidación, con más los intereses a la tasa del 6% anual, desde la fecha en que se depositó la Retribución Especial por Cese (mayo 2024) y hasta la fecha en que se determine el valor actual, y de allí en más, la tasa pasiva más alta, vigente en cada período de aplicación que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires por sus depósitos a 30 días (arts. 12, inc. 2 CCA; 11, 39 inc. 3° y cc. Const. Pcial.; conf. SCBA causas C.120.536 "Vera", sent. del 18/04/2018; C.121.134 "Nidera", sent. 3/05/2018; C.124.096 "Barrios", cit.; B. 62.488, "Ubertalli", sent. 18/05/2016; C.119.176, "Cabrera" y L. 118.587, "Trofe", ambas sent. del 15/06/16; B. 60.456 "Calabro", sent. 7/09/16)."

"2°) Imponer las costas a la demandada vencida (art. 51 inc. 1°, CCA); y diferir la regulación de honorarios de la profesional interviniente hasta la aprobación de la liquidación a practicarse (art. 51 de la ley 14.967)."

Observaciones procesales relevantes: Se rectifica expresamente que la parte demandada es el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires; la aclaratoria solicitada por la parte actora fue tenida por exacta y se modificó el punto 4 de los Fundamentos y el apartado 1) del fallo.

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