FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ OEHLENSCHLAEGER JUAN IGNACIO S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para cobrar una deuda fiscal por $1.194.321,20. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado, impuso las costas a la parte ejecutada y diferió la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
JUAN IGNACIO OEHLENSCHLAEGER.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución/apremio provincial para el cobro de la suma reclamada de Pesos UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON 20/100 ($1.194.321,20) más intereses que correspondan.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al apremio, se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado, se impusieron las costas a la parte ejecutada vencida y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"se citó a JUAN IGNACIO OEHLENSCHLAEGER en Almiral 76 de la ciudad de Hipolito Yrigoyen-Henderson -ver documentación adjunta a la presentación electrónica del 18.9.26- y no compareció ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24, ley 13.406; arts. 41 y demás del CPCC)."
"RESUELVO:
1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto JUAN IGNACIO OEHLENSCHLAEGER haga íntegro pago del monto reclamado, que asciende a la suma de Pesos UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON 20/100 ($1.194.321,20), con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente.-
2) Imponer las costas a la parte ejecutada vencida (art. 51 CCA; arts. 537, 556 y cc CPCC).-
3) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 22 ley 13.406, y 51, ley 14.967)."
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