FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DEL RIEGO CLAUDIO SAUL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio fiscal reclamando impuesto inmobiliario correspondiente a los títulos de deuda 1.538.308 y 1.538.309 por períodos 2021 a 2025. El Tribunal hizo lugar a la demanda de ejecución fiscal y suspendió provisionalmente sus efectos mientras no se denuncie la caducidad o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió el demandado.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires, por su apoderada fiscal Dra. Daniela C. Ferretti.
¿A quién se demanda?
Claudio Saúl Del Riego.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago del impuesto inmobiliario; título de deuda 1.538.308 por los períodos 1 a 5 de 2021, 1 a 5 de 2022 y 1 a 5 de 2023; y título de deuda 1.538.309 por los períodos 1 a 5 de 2024 y 1 a 5 de 2025.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda de ejecución fiscal, imponiendo el pago íntegro de lo reclamado con intereses que se liquidarán oportunamente; se suspenden sus efectos hasta que se denuncie la caducidad y/o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió el demandado; se imponen las costas al demandado; y se difiere la homologación de honorarios hasta acreditarse la forma de cancelación de la deuda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El 24.8.26, el fisco de la provincia de Buenos Aires, a través de su apoderada fiscal, Dra. Daniela C. Ferretti, promovió juicio de apremio contra Claudio Saúl Del Riego ante el juzgado a mi cargo, reclamando el pago del impuesto inmobiliario, título de deuda 1.538.308 por los siguientes períodos, 1 a 5 del 2021 y 1 a 5 del 2022 y 1 a 5 del 2023 y título de deuda 1.538.309, por los siguientes períodos: 1 a 5 del 2024 y 1 a 5 del 2025."
"Se diligenció el mandamiento de intimación de pago contra el demandado el 18.9.26 (ver presentación del 24.9.26)."
"Se citó a Claudio Saúl Del Riego en Bernardino Rivadavia 999 de la ciudad de América -ver documentación adjunta a la presentación electrónica del 24.9.26- y no compareció ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24, ley 13.406; arts. 41 y demás del CPCC)."
"Asimismo, la denuncia del Fisco de la provincia de Bs. As. el 26.9.26 referente al acogimiento del demandado a un régimen de regularización, implica un reconocimiento de la pretensión del actor."
Bloque resolutivo:
"1) Hacer lugar a la demanda de ejecución fiscal, hasta tanto Claudio Saúl Del Riego haga íntegro pago del monto reclamado, con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente.-
2) Suspéndase los efectos de lo dispuesto en el punto 1 de la parte resolutiva, hasta tanto se denuncie la caducidad y/o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió la parte demandada (arts. 106 a 107 CF; y arts. 832 y ss CC).
3) Imponer las costas a la demandada (art. 51 CCA; y arts. 537, 556 y cc CPCC).
4) Difiérase la homologación de honorarios al momento en que se acredite la forma de cancelación de la deuda (cfme. art. 107 CF, art. 22 ley 13.406)."
No hay votación dividida registrada; el fallo está firmado por el Juez de Primera Instancia Pablo C. Germain y el dispositivo final consolida la decisión de hacer lugar a la ejecución fiscal con las suspensiones y condiciones indicadas.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.