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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VIAL ANDES 7 S.A.U. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para ejecutar una deuda fiscal por $95.776,60 más intereses. El Tribunal hizo lugar al trance y remate ordenando continuar la ejecución hasta el pago íntegro, imponiendo las costas al vencido y constituyendo domicilio del demandado en estrados por notificación fehaciente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
42866
Apremio provincial Trance y remate Ejecucion fiscal Art. 104 codigo fiscal Fisco provincia de buenos aires Vial andes 7 s.a.u. Pago $95.776 60 Constitucion de domicilio en estrados Costas al vencido Notificacion por ministerio legis.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

VIAL ANDES 7 S.A.U.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de Pesos 95.776,60 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (08/09/2022) hasta su efectivo pago; trámite de trance y remate.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al trance y remate y se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado abonara la suma reclamada con más intereses; se impusieron las costas al vencido; se constituyó domicilio en los estrados por hallarse anoticiado el demandado; se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio Fiscal: Calle RUTA NACIONAL 7 KM 87.500 - Loc. VILLA ESPIL, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC).-

Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto en los artículos 7, 25 y cctes. Ley 13406, artículos 540 y 549 del CPCC, y art. 2 inciso 8 y 76 bis del CPCA.-

¿Qué se resolvió?

I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado VIAL ANDES 7 S.A.U., haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 60/100 ($95.776,60) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 8/9/2022 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437).-"

Además, respecto de la notificación y constitución de domicilio:

"II.- Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 14/09/2022, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañado en archivo digital adjunto a la presentación de fecha 07/10/2022, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que la presente y las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.-"

Y sobre honorarios y notificaciones:

"III.- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al Dr. LOPEZ ANA CLARA en 27311146667@notificaciones.scba.gov.ar y al accionado en los términos del art.133 del CPCC (cfme art. 13 de la Ley 13.406).-"

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