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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TABURELLI ANA MARIA S/APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por deuda tributaria reclamando pago de $18.809,30 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando trance y remate hasta el pago íntegro, imponiendo las costas al vencido y constituyendo domicilio procesal en los estrados por haberse notificado el apercibimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
19004
Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Intereses art. 104 codigo fiscal Notificacion por ministerio legis. Domicilio constituido en estrados Costas al vencido Diferimiento de honorarios Fisco provincia de buenos aires Ana maria taburelli

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

ANA MARIA TABURELLI.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial para el cobro del capital reclamado de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON 30/100 ($18.809,30) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (5/12/2014) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución (trance y remate) hasta el pago íntegro de la suma reclamada, se impusieron las costas al vencido, se tuvo por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del juzgado por haber sido debidamente anoticiado del apercibimiento, y se diferió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio Fiscal: Calle HILARIO CUADROS - Nro. 134 - Loc. GENERAL RODRIGUEZ, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC).-

Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto en los artículos 7, 25 y cctes. Ley 13406, artículos 540 y 549 del CPCC, y art. 2 inciso 8 y 76 bis del CPCA.-

¿Qué se resolvió?

I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado ANA MARIA TABURELLI, haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON 30/100 ($18.809,30) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 5/12/2014 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437).-

II.- Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 14/12/2015, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañado en archivo digital adjunto a la presentación de fecha 10/09/2026, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que la presente y las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis.-

III.- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al Dr. MEDIOTTE FRANCO GERMAN en 20268659545@notificaciones.scba.gov.ar y al accionado en los términos del art.133 del CPCC (cfme art. 13 de la Ley 13.406).-"

(Se consignan textualmente los pasajes del dispositivo y los fundamentos de la resolución que forman el bloque resolutorio final del expediente. No constan votos separados ni disidencias en el texto aportado.)

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