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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LORENA TORTONESE Y DIEGO PERONA S.H. Y OTROS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial y ejecución por deuda fiscal contra Lorena Tortonese, Diego Perona S.H., Verónica L. Tortonese y Diego Alberto Perona por $189.620,90. El Tribunal ordenó proceder al trance y remate y ejecutar hasta el pago total del capital reclamado más intereses, imponiendo costas a los vencidos y constituyendo domicilios judiciales por apercibimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
43608
Apremio provincial Trance y remate Ejecucion fiscal Deuda fiscal $189.620 90 Intereses art. 104 codigo fiscal Notificacion por ministerio legis Constitucion de domicilio judicial Costas a los vencidos Ley 13.406 Art. 155 cpcc.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

LORENA TORTONESE; DIEGO PERONA S.H.; VERONICA L. TORTONESE; DIEGO ALBERTO PERONA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por capital reclamado de Pesos 189.620,90 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde el 7/12/2022 hasta el pago, mediante trámite de trance y remate (apremio provincial).

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución (trance y remate) hasta el íntegro pago del capital reclamado más intereses; se impusieron las costas a los vencidos; se tuvo por constituidos los domicilios procesales de los demandados por haberse notificado el apercibimiento; se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto, conforme surge de los mandamientos de intimación de pago diligenciados en el domicilio FISCAL: CALLE AVELLANEDA - NRO. 2376 - LOC. MARCOS PAZ, se les da por perdido el derecho que para hacerlo tenían (art. 155 CPCC)."

"RESUELVO: I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto los accionados, LORENA TORTONESE Y DIEGO PERONA S.H.,VERONICA L. TORTONESE y DIEGO ALBERTO PERONA hagan al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 90/100 ($189.620,90) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11), desde la interposición de la demanda, esto es, el 7/12/2022 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas a los vencidos (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437-)."

"II.- Hallándose los demandados debidamente anoticiados del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 15/12/2022, conforme emerge de los términos de las actas de mandamientos acompañadas en archivo digital adjunto a las presentaciones de fecha 30/06/2026 y 31/08/2026, ténganse por constituidos sus domicilios en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que la presente y las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis."

Observación sobre mayorías/votos: el bloque dispositivo final consignado en el expediente es el que determina la decisión del Tribunal; no constan votos discrepantes en el texto remitido.

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