FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DUARTE PABLO DANIEL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Pablo Daniel Duarte para cobrar una deuda fiscal comprendida en título ejecutivo. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó al ejecutado al pago íntegro de $8.437.577,70 más intereses, con costas.
¿Quién es el actor?
Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Duarte Pablo Daniel.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio provincial para el cobro de una deuda fiscal cuyo monto principal asciende a Pesos Ocho Millones Cuatrocientos Treinta y Siete Mil Quinientos Setenta y Siete Con 70/100 ($8.437.577,70), más intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo, conforme al título ejecutivo agregado y normas del Código Fiscal (Ley 10.397).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la causa de trance y remate hasta cobrar el monto reclamado más intereses; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios hasta que exista liquidación firme; y se tuvo por constituido domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado por incumplimiento de notificaciones formales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Luis Argerich - Nro. 1041 - Cp. 2800 - Loc. Zarate domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."
"Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."
¿Qué se resolvió?
"Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Pablo Daniel Duarte haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Ocho Millones Cuatrocientos Treinta Y Siete Mil Quinientos Setenta Y Siete Con 70/100 ($8.437.577,70), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."
¿Qué se resolvió?
"Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."
¿Qué se resolvió?
"No habiendo el ejecutado dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
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