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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HINOJOSA SEBASTIAN FEDERICO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal (apremio provincial) por deuda tributaria. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó llevar adelante la traba y remate hasta cobrar $789.778,20 más intereses y costas, y tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados judiciales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - CAMPANA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
27083
Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Codigo fiscal (ley 10.397) Trance y remate Domicilio procesal constituido Costas Honorarios profesionales diferidos Notificacion electronica $789.778 20 (monto reclamado)

¿Quién es el actor?

Fisco De La Provincia De Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Sebastian Federico Hinojosa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por capital reclamado de Pesos Setecientos Ochenta Y Nueve Mil Setecientos Setenta Y Ocho Con 20/100 ($789.778,20) más intereses conforme al Código Fiscal (Ley 10.397) y ejecución hasta remate.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó continuar la ejecución de trance y remate hasta que el ejecutado abone íntegramente el capital reclamado y los intereses; costas a cargo del ejecutado; se difirió la regulación de honorarios; y se tuvo por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado por falta de cumplimiento de notificaciones formales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

I.- "La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Corrientes - Nro. 1067 - Cp. 1623 - Loc. Ingeniero Maschwitz domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."

II.- "Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."

¿Qué se resolvió?

"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sebastian Federico Hinojosa haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Setecientos Ochenta Y Nueve Mil Setecientos Setenta Y Ocho Con 20/100 ($789.778,20), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."

"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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