FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROSSI GABRIELA MARGARITA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal por deuda tributaria y apremio provincial. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y condenó a la ejecutada al pago de $1.073.706,10 más intereses, con costas, por no haber opuesto excepciones ni constituido domicilio válido.
¿Quién es el actor?
Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Rossi Gabriela Margarita.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal (trance y remate/apremio provincial) por deuda cuyo capital reclamado asciende a Pesos Un Millón Setenta Y Tres Mil Setecientos Seis Con 10/100 ($1.073.706,10), más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, conforme al título ejecutivo y el Código Fiscal (Ley 10.397).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución, ordenándose llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada efectúe el pago íntegro del capital reclamado y los intereses; costas a cargo de la ejecutada; se difiere regulación de honorarios y se constituye domicilio en los estrados del Juzgado por incumplimiento de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Cangallo - Nro. 1978 - Cp. 1620 - Loc. Maquinista Savio domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."
"II.- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."
¿Qué se resolvió?
"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Gabriela Margarita Rossi haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millon Setenta Y Tres Mil Setecientos Seis Con 10/100 ($1.073.706,10), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."
"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."
"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
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