FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TAPARI ADRIANA YANINA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial por deuda fiscal por $1.421.582,00. El Tribunal ordenó la ejecución, admitió el título ejecutivo y condenó a la ejecutada al pago del capital reclamado más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Adriana Yanina Tapari.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por deuda fiscal contenida en título ejecutivo por la suma de Pesos Un Millón Cuatrocientos Veintiún Mil Quinientos Ochenta y Dos con 0/100 ($1.421.582,00), más intereses desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago, en los términos del Código Fiscal (Ley 10.397) y conexas.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdida la facultad de excepcionar por parte de la ejecutada y se ordenó continuar la causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado ($1.421.582,00), con intereses y con costas. Se difirió la regulación de honorarios hasta que obre liquidación firme y se tuvo por constituido domicilio en los estrados del juzgado por la falta de cumplimiento de constitución de domicilio procesal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I.- "La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle 18 De Julio - Nro. 1930 - Cp. 1619 - Loc. Garin domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)."
II.- "Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."
¿Qué se resolvió?
"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Adriana Yanina Tapari haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millon Cuatrocientos Veintiun Mil Quinientos Ochenta Y Dos Con 0/100 ($1.421.582,00), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."
"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)."
"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
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