BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BILCA URIEL THIAGO NATANAEL S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco Provincia promovió ejecución por cobro de saldos de dos resúmenes de tarjeta de crédito por $2.322.791,72. El Tribunal admitió la ejecución y ordenó el trance y remate hasta que el ejecutado abone el capital reclamado más intereses dentro de los límites de la tasa activa del Banco Provincia; impone costas al demandado.
¿Quién es el actor?
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
DON URIEL THIAGO NATANAEL BILCA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de capital adeudado por dos resúmenes de tarjeta de crédito por la suma total de pesos $2.322.791,72, más intereses pactados (compensatorios y punitorios) —con expresión de montos parciales: $1.039.208,98 (Mastercard, mora operada el 05/08/2026) y $1.283.582,74 (VISA, mora operada el 11/08/2025)— y hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente la ejecución, disponiéndose el trance y remate y ordenándose llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago del capital reclamado y los intereses dentro de los límites fijados; se imponen las costas al demandado, se difiere regulación de honorarios y se convierte en ejecutorio el embargo dispuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."
"FALLO: esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado DON URIEL THIAGO NATANAEL BILCA haga al acreedor BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de pesos $ 2.322.791,72, - provenientes de la deuda respecto de dos resúmenes de tarjeta de crédito como se detalla infra - con más los intereses pactados (compensatorios y punitorios) en el documento base de la presente ejecución, siempre y cuando lo mismos no excedan los intereses que cobra el Banco Provincia de Buenos Aires a la tasa activa de descuento a 30 días por todo concepto en pesos, vigentes en los distintos períodos de aplicación (CALZ, Sala I, Causa N°63606, 13/03/07, Sala II, Causa N° 39804, 11/03/10), desde la mora operada el dia 05/08/2026 por la suma de $1.039.208,98 (resumen de tarjeta de crédito Mastercard) y el día 11/08/2025, por la suma de $1.283.582,74 (resumen de tarjeta de crédito VISA) fecha de vencimiento del último resumen de las tarjetas de crédito y hasta su efectivo pago (art. 39 y cctes. Ley 25.065),"
"Imponiéndosele las costas al demandado vencido (arts.68 y 556 del CPCC)."
Otras constancias relevantes incluidas en la resolución:
"Tiénese por constituido el domicilio de la parte demandada en los Estrados del Juzgado (art.41 del CPCC)."
"Se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle SAN CARLOS NRO. 1029 DE MONTE CHINGOLO, PARTIDO DE LANÚS, PROVINCIA DE BS. AS.."
"Atento el estado de autos, conviértase en ejecutorio el embargo dispuesto."
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Leyes que cita
- Ley 25.065Tarjetas de credito
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