MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ PIÑEIRO REINALDO S/ APREMIO
El Municipio de Lanús promovió apremio ejecutivo por deuda por certificado administrativo. El Tribunal hizo lugar al apremio, ordenó la ejecución hasta el pago de $10.614 más intereses desde el 31/07/2018 e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
MUNICIPALIDAD DE LANUS.
¿A quién se demanda?
PIÑEIRO REINALDO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución apremio por pago íntegro del capital reclamado correspondiente al certificado de deuda adjunto N° 114001257210, por la suma de pesos $10.614.- más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se declaró perdido el derecho del ejecutado por omisión de excepciones, y se hizo lugar a la ejecución de trance y remate ordenando proseguir la ejecución hasta que PIÑEIRO REINALDO abone a la MUNICIPALIDAD DE LANUS la suma de $10.614.- más los intereses aplicables desde el 31 de julio de 2018; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ PIÑEIRO REINALDO S/ APREMIO, expte. N°66805, no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 del CPCC)."
"POR ELLO: Conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts.540, 549 y ccdtes. del CPCC, FALLO, esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado PIÑEIRO REINALDO haga al acreedor MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de pesos $10.614.- con más los intereses a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (tasa activa- conforme Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala I -9-10-12, reg. sent. int. 259, autos "Meitin German N. c/ Masi Florencia C. s/ Ejecutivo" en trámite por ante éste Juzgado y Secretaría) vigente en los distintos períodos de aplicación desde la mora operada el día 31 de julio de 2018 fecha del vencimiento de la Sentencia administrativas, correspondiente a el certificado de deuda adjunto N°. 114001257210 y hasta su efectivo pago."
"Imponiéndosele las costas a la demandada vencida (arts.68 y 556 del CPCC). Difiriéndose la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación respectiva (arts.23 y 51 ley 8904)."
Además se dejó constancia: "Tiénese por constituído el domicilio de la parte demandada en la calle SITIO DE MONTEVIDEO N° 3,113 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: LANUS ESTE, partido de Lanús." y "En cumplimiento de lo dispuesto por la Acordada n°2514/92 de la SCJBA, se deja constancia que la intimación de pago se realizó en el inmueble sito en la calle SITIO DE MONTEVIDEO N° 3,113 PISO: DEPTO: LOCALIDAD: LANUS ESTE, partido de Lanús."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.