AREVALO WALTER DANIEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se promovió la sucesión ab-intestato de Walter Daniel Arevalo para la declaración de herederos. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que le suceden como únicos y universales herederos sus cuatro hijos, acreditado el fallecimiento y la publicación de edictos con resultado negativo.
¿Quién es el actor?
Los hijos del causante que peticionaron la apertura de la sucesión e inscripción de la declaratoria de herederos: Cristian Gabriel Arevalo y Erramuspe; Ana Belén Arevalo y Pisano; Gisele Daniela Arevalo y Pisano; Mariela Cecilia Arevalo y Pisano.
¿A quién se demanda?
Walter Daniel Arevalo (fallecido).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apertura de la sucesión ab-intestato y declaración de los hijos como únicos y universales herederos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Walter Daniel Arevalo le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus cuatro hijos; se dispone el cese de la intervención de la Agente Fiscal y se ordenó su registración.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
PRIMERO: Que con el certificado de defunción de fs. 3 se ha justificado en legal forma el fallecimiento de WALTER DANIEL AREVALO, ocurrido el 18 de abril de 2026.
SEGUNDO: Que de la unión con MONICA SUSANA ERRAMUSPE nació su hijo: CRISTIAN GABRIEL (fs. 5), el 4 de septiembre de 1985. Que, asimismo, de la unión con LAURA BEATRIZ PISANO nacieron sus hijas: ANA BELEN (fs. 20), el 2 de junio de 1985; GISELE DANIELA (fs. 22), el 6 de julio de 1986, y MARIELA CECILIA (fs. 21), el 29 de julio de 1987.
TERCERO: Que con los diarios y recibos de fs. 32 se acredita haber dado cumplimiento a la correspondiente publicación de edictos, de cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto.
POR TODO ELLO, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por la Agente Fiscal a fs. 35 y lo dispuesto por los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial; y los arts. 735 y 737 del C.P.C.C, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de WALTER DANIEL AREVALO le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos, CRISTIAN GABRIEL AREVALO Y ERRAMUSPE, ANA BELEN, GISELE DANIELA y MARIELA CECILIA AREVALO Y PISANO. Cese la intervención de la Sra. Agente Fiscal. REGISTRESE.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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