GARECA MAURO ROMÀN C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AI S/ AMPARO
Acción de amparo contra I.O.M.A. por pago de suma dineraria reclamada. El Tribunal ordenó ejecutar la sentencia y mandó al I.O.M.A. pagar la suma de $31.363.200 más intereses calculados a la tasa pasiva más alta del Banco Provincia, imponiendo costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gareca Mauro Román.
Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (I.O.M.A.).
Objeto: Pago íntegro del capital reclamada por prestaciones/ajuste en la presente acción de amparo por la suma reclamada.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución de sentencia contra I.O.M.A. para que haga íntegro el pago de $31.363.200; se aplicó la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires para el cálculo de intereses; se dispuso que los montos embargados sean depositados en la cuenta de la empresa proveedora MED-EL LATINO AMERICA S.R.L.; y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"No habiendo el demandado opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según lo informa la Actuaria en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)."
"Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto en el art. 497 del CPCC, FALLO: 1) Mandando llevar adelante la ejecución de sentencia hasta tanto el ejecutado Instituto de Obra Médico Asistencial (I.O.M.A.) haga integro el capital reclamado a GARECA MAURO ROMÀN por la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS ($31.363.200)."
"2) En cuanto a los intereses, es de advertir que no se han arrimado documentos que demuestren que los mismos se hallen pactados, en razón de lo cual, corresponde aplicar la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la captación de depósitos a plazo fijo a 30 días (tasa pasiva y/o tasa pasiva digital), durante los distintos períodos de aplicación y hasta el efectivo pago (art. 768 inc. c, 769 y 886 Cód. Civ. y Com.; Comunicado P 14290 BCRA)."
"3) Déjese debida constancia de que los montos embargados serán depositados en la cuenta de propiedad de la empresa proveedora del implante MED-EL LATINO AMERICA S.R.L... debiendo adjuntar el comprobante de adquisición a los presentes autos."
"4) Las costas se imponen a la demandada en su carácter de vencida (art. 68 CPCC)."
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