FARAGUTO DANIEL S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
El expediente trata sobre la determinación de la capacidad jurídica de Daniel Faraguto. El Tribunal ordenó la evaluación del causante por un equipo interdisciplinario del Juzgado de Familia —integrado por psiquiatra o psicólogo y un asistente social— y exigió que el informe especifique las funciones y actos que se limitan conforme a los arts. 31 inc. C, 37 in fine y 40 del Código Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (no surge del extracto).
Demandado: FARAGUTO DANIEL (causante del proceso de determinación de capacidad).
Objeto: Determinación de la capacidad jurídica del causante (determinación de la capacidad jurídica de Daniel Faraguto).
Decisión: Se dispone la evaluación del causante por un equipo interdisciplinario del Juzgado de Familia, compuesto necesariamente por un psiquiatra o psicólogo y un asistente social; el informe deberá especificar las funciones y actos que se limitan, en función de lo normado por los arts. 31 inc. C, 37 in fine y 40 del Código Civil y Comercial.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales extraídos del proveído):
"Atento el estado de autos, a los fines de la revisión de la sentencia, se dispone la evaluación del causante por un equipo interdisciplinario del Juzgado de Familia, el que debe estar integrado indefectiblemente por un psiquiatra o psicólogo y un asistente social; en el informe se deberá especificar las funciones y actos que se limitan, todo ello en función de lo normado por los arts.31 inc.C, 37 in fine y 40 del Código Civil y Comercial."
También consta la referencia documental y de fecha de presentación electrónica: "Proveyendo la presentación electrónica de fecha 27/09/2026 efectuada por la Asesora y titulada SEÑOR JUEZ".
(No se consignan votos, montos ni otros antecedentes en el extracto remitido.)
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