MUNICIPALIDAD DE CAMPANA C/ OSEL S.A S/ APREMIO(42)
Homologación de transacción en proceso de apremio solicitada por la Municipalidad de Campana contra OSEL S.A. El Tribunal homologa la transacción conforme al art. 308 del CPCC, registra la presentación y tiene acreditado el pago de la tasa de justicia y la conformidad respecto de honorarios conforme al art. 21 de la Ley 6716.
¿Quién es el actor?
Municipalidad de Campana.
¿A quién se demanda?
OSEL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de apremio (cobro municipal) y presentación de homologación de transacción entre las partes.
¿Qué se resolvió?
Se homologa la transacción peticionada, téngase presente las constancias acompañadas, regístrese y notifíquese; se tiene acreditado el pago de la Tasa de Justicia y su contribución de ley, y cumplido lo dispuesto por el art. 21 de la Ley 6716 respecto de los honorarios convenidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Asumiendo el letrado firmante las obligaciones de depositario de la documentación original en los términos del Ac. 4013 S.C.B.A, téngase presente las constancias acompañadas."
"De conformidad con lo pedido y lo preceptuado por el art. 308 del CPCC, homológase la transacción entre las partes que instruye la presentación que se provee."
"REGISTRESE. NOTIFIQUESE."
"Téngase por acreditado el pago de la Tasa de Justicia, y su contribución de Ley, atento el monto denunciado de la deuda consolidada."
"Por cumplido con el art. 21 de la Ley 6716 T.O. respecto de los honorarios convenidos."
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