TARTAN S.A C/ BENITEZ NELLY ESTHER S/ COBRO EJECUTIVO
TARTAN S.A. inició ejecución por cobro de pesos contra Nelly Esther Benítez por capital adeudado de $154.158 y accesorios. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago integral, admitió intereses conforme a la ley 25.065 sujetos a límites legales, impuso costas a la parte demandada y constituyó domicilio en los estrados.
¿Quién es el actor?
TARTAN S.A.
¿A quién se demanda?
NELLY ESTHER BENITEZ
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución para cobro ejecutivo de capital adeudado por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO ($154.158.-) más intereses y accesorios; trámite de trance y remate.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada haga el pago íntegro del capital reclamado y los intereses conforme a lo dispuesto; se imponen las costas a la parte demandada; se constituye domicilio en los estrados del Juzgado; se difiere regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I) Que el ejecutado no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal establecido para hacerlo, que se encuentra vencido (ver mandamiento notificado el 3/09/2026 INFORME POR CEDULA / CEDULA INFORMADA (241002039000597812); dándosele por perdido el derecho que ha dejado de usar."
"II) Por su parte, el Ministerio Público Fiscal en su dictamen de fecha 28/09/2026 (VISTA - CONTESTA (238002039000601983), advierte que no encuentra impedimento para el progreso de la acción; propiciando se haga lugar a la demanda intentada."
"III) Que en relación a los intereses resulta atendible admitir los mismos en el marco de las actuales variables económicas. En tal sentido y, conforme lo dispuesto expresamente por arts. 3, 6, 16, 18, 20, 21 y cc. de la Ley 25.065, el capital adeudado devengará el interés pactado por las partes en el título base de ejecución; desde la fecha de la mora (19/12/2024) y hasta la del efectivo pago, sujeto a liquidación."
"Sin perjuicio de ello y, al momento de practicarse liquidación, deberán tenerse en cuenta los topes establecidos por la ley aludida y la prohibición de capitalización (arts. 16, 18, 20, 21 ss. y concs. de la ley 25.065; CCyCAZ, Sala II, causas nº 61.090 del 9/8/2016, 'HSBC BANK ...' y nº 67.489 del 29/12/2021, 'Banco ...', entre otras)."
"POR ELLO: Conforme a lo normado por los arts. 540, 548 y ccdtes. del C.P.C.C. y 16, 18, 20, 21, 39 y 40 Ley 25.065,
¿Qué se resolvió?
A) MANDANDO llevar adelante la ejecución promovida, hasta tanto la parte ejecutada NELLY ESTHER BENITEZ, haga al acreedor TARTAN S.A, íntegro pago del capital reclamado, que asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO ($ 154.158.-), con más los intereses reclamados según lo dispuesto en el Considerando III de la presente y hasta el efectivo pago.
B) Imponiendo las costas de la instancia a la parte demandada vencida, difiriéndose la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967.
C) Teniendo por constituido el domicilio del ejecutado en los Estrados del Juzgado (arts. 41 y 133 del C.P.C.C.)."
¿Cómo votaron los jueces?
El proveído no contiene votos o disidencias; el bloque dispositivo final constituye la decisión del Tribunal.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 25.065Tarjetas de credito
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