Logo

MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ CONDORI GUZMAN VILMA Y OTRO/A S/ APREMIO

Ejecución por apremio promovida por la Municipalidad de Moreno para cobrar una deuda municipal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta obtener el pago íntegro de $2.479.486,65 más intereses, impuso costas a la ejecutada y diferirió la regulación de honorarios.

Costas Remate Intimacion de pago Art. 116 cpcc Sentencia primera instancia. 65 Municipalidad de moreno Regulacion de honorarios diferida Notificacion por dias de nota Ejecucion apremio Monto $2.479.486

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MUNICIPALIDAD DE MORENO. Demandado: VILMA CONDORI GUZMAN y otro/a genérico. Objeto: Ejecución para cobro de la suma reclamada de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y CINCO ($2.479.486,65), con intereses conforme ordenanzas municipales. Decisión: El Tribunal dictó sentencia de remate ordenando llevar adelante la ejecución contra VILMA CONDORI GUZMAN hasta hacerse íntegro pago de la suma reclamada más intereses; impuso las costas a la ejecutada y difirió la regulación de honorarios; declaró las notificaciones automáticas por días de nota.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: La ejecutada VILMA CONDORI GUZMAN intimada de pago en el domicilio sito en la calle Luis Piedrabuena 5228, localidad y partido de Moreno, no opuso excepciones dentro del término legal (ver mandamiento del día 8/4/26 presentado como dato adjunto al escrito venido a despacho), -art. 116, CPCC-, por lo que corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 'in fine', C.P.C.C.)." "Por ello, y en orden a lo dispuesto por los arts. 2, 7, 10 y 25 de la ley 13406 y 540, 549, 556 y ccs. del C.P.C.C., SENTENCIA: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la MINICIPALIDAD DE MORENO contra VILMA CONDORI GUZMAN, hasta hacerse íntegro pago a la acreedora de la suma reclamada de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS CON SESENTA Y CINCO ($2.479.486,65), con más los intereses que correspondan conforme a lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes. 2º) Imponer las costas a la ejecutada, difiriéndose la regulación de honorarios para el momento pertinente (art. 51, Ley14967; Dec. ley 8837/77; y art. 22 Ley 13406). 3º) Declarar que esta sentencia y las sucesivas providencias se le darán por notificadas al ejecutado automáticamente los días de nota (art. 13, ley 13406). NOTIFÍQUESE. REGÍSTRESE." Adicionalmente, el expediente contiene constancia: "Téngase presente la copia electrónica del mandamiento de intimación de pago diligenciado con resultado positivo a la ejecutada VILMA CONDORI GUZMAN el día 8/4/26 -art. 116 del CPCC
- recepcionado como archivo adjunto al escrito en despacho." Y la resolución ordena: "Téngase presente lo manifestado y por desistida la acción contra los demandados genéricos (art.304, C.P.C.C.)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar