MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ TORALES BENITEZ EBER Y OTRO/A S/ APREMIO
Ejecución fiscal seguida por la Municipalidad de Moreno por $1.312.585,72. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta obtener el pago íntegro, impuso costas al ejecutado y dispuso notificaciones automáticas por días de nota.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MUNICIPALIDAD DE MORENO.
Demandado: EBER TORALES BENITEZ (y se dejó por desistida la acción contra los demandados genéricos).
Objeto: Pago de suma reclamada en ejecución por la suma de UN MILLON TRECIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON 72/100 ($1.312.585,72), más intereses conforme ordenanzas municipales vigentes.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución: ordenar la ejecución contra Eber Torales Benitez hasta el pago íntegro de la suma indicada; imponer costas al ejecutado; diferir regulación de honorarios; establecer notificación automática por días de nota; y dejar por desistida la acción contra los demandados genéricos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"El ejecutado EBER TORALES BENITEZ intimado de pago en el domicilio sito en la calle Junín Nº 1550, localidad y partido de Moreno, no opuso excepciones dentro del término legal (ver mandamiento del día 7/4/26 presentado como dato adjunto al escrito electrónico venido a despacho), -art. 116, CPCC-, por lo que corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 'in fine', C.P.C.C.)."
"Por ello, y en orden a lo dispuesto por los arts. 2, 7, 10 y 25 de la ley 13406 y 540, 549, 556 y ccs. del C.P.C.C., SENTENCIA: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la MINICIPALIDAD DE MORENO contra EBER TORALES BENITEZ, hasta hacerse íntegro pago a la acreedora de la suma reclamada de UN MILLON TRECIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS CON 72/100 ($1.312.585,72), con más los intereses que correspondan conforme a lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes. 2º) Imponer las costas al ejecutado, difiriéndose la regulación de honorarios para el momento pertinente (art. 51, Ley14967; Dec. ley 8837/77; y art. 22 Ley 13406). 3º) Declarar que esta sentencia y las sucesivas providencias se le darán por notificadas al ejecutado automáticamente los días de nota (art. 13, ley 13406). NOTIFÍQUESE. REGÍSTRESE."
Además administrativa/procesal: "Téngase presente la copia electrónica del mandamiento de intimación de pago diligenciado con resultado positivo al ejecutado EBER TORALES BENITEZ el día 7/4/26 -art. 116 del CPCC
- ... Téngase presente lo manifestado y por desistida la acción contra los demandados genéricos (art.304, C.P.C.C.)."
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