MUNICIPALIDAD DE ARMSTRONG C/ S.A.V. ARGENTINA S.R.L. S/ COBRO EJECUTIVO
La Municipalidad de Armstrong promovió ejecución de cobro contra S.A.V. Argentina S.R.L. por $419.521,50. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago, condenó en costas al ejecutado y dispuso la forma de liquidación de intereses conforme la tasa activa promedio de descuentos a 30 días del Banco Provincia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MUNICIPALIDAD DE ARMSTRONG.
Demandado: S.A.V. ARGENTINA S.R.L.
Objeto: Ejecución de cobro por la suma reclamada de CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIUN PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($419.521,50).
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago; se impusieron las costas al ejecutado; se difirió la regulación de honorarios; se fijó el criterio para el cálculo de los intereses; y se declaró la modalidad de notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"I.
- El ejecutado S.A.V. ARGENTINA S.R.L, intimado de pago en el domicilio sito en Ruta 24
- Km. 44, de Gral. Rodríguez, no opuso excepciones dentro del término legal (ver mandamiento del día 04/08/2026 presentado como dato adjunto al escrito electrónico del día 14/08/2026), -art. 116, CPCC-. En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 'in fine' del C.P.C.C.)."
"II
- Respecto a los intereses, deben ser liquidados según la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones promedio de descuento a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación, el que será calculado desde la fecha de constitución en mora del vencimiento de pago de la liquidación de deuda (13/05/2025) hasta el efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web www.scba.gov.ar (opción 'Servicios' , 'Cálculo de Intereses en Línea', 'Tasa Activa Promedio de Descuentos a 30 días')."
"III: Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts. 556 y 68 del C.P.C.C.)."
Texto del dispositivo:
"Por ello, y en orden a lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 y ccs. del C.P.C.C., SENTENCIA: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la MUNICIPALIDAD DE ARMSTRONG contra S.A.V. ARGENTINA S.R.L., hasta hacerse íntegro pago a la acreedora de la suma reclamada de CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIUN PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($419.521,50), con más los intereses que correspondan (conforme considerando II). 2º) Imponer las costas al ejecutado, difiriéndose la regulación de honorarios para el momento pertinente (art. 51, Ley 14967; Dec. ley 8837/77). 3º) Declarar que esta sentencia y las sucesivas providencias se le darán por notificadas al ejecutado automáticamente los días de nota. REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE al domicilio real del ejecutado (Cfm. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes, SI-117.168 ' Inst. Religiosas' del 11/09/2018, y arts. 34 inc. 5 ap. c , 36 inc. 2, 133, 135 inc. 12 del CPCC)."
(Mención procesal incluida en autos: constancia de presentación del mandamiento de fecha 04/08/2026 y escrito de vista del agente fiscal del 16/03/2024.)
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