CIRCULO DE INVERSORES S.A.U DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ TERPOLILE LUIS FABIAN S/ EJECUCION PRENDARIA
Ejecución prendaria promovida por Círculo de Inversores contra Terpolile por cuotas impagas sobre automotor. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital de $12.366.795 más intereses calculados conforme las cláusulas contractuales, e impuso costas al demandado vencido.
¿Quién es el actor?
CIRCULO DE INVERSORES S.A.U. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS.
¿A quién se demanda?
LUIS FABIAN TERPOLILE.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución prendaria por cuotas impagas sobre un automotor, con capital reclamado de $12.366.795 y accesorios contractuales.
¿Qué se resolvió?
Se ordenó llevar adelante la ejecución promovida hasta tanto el deudor pague íntegramente el capital reclamado de $12.366.795, calculado al momento de la liquidación conforme al reajuste pactado en el contrato prendario; se fijaron los intereses conforme a la cláusula 10° del contrato desde la mora (11/07/2023) hasta su efectivo pago; se impusieron las costas al accionado vencido; y se constituyó el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I.- "No habiendo la parte demandada comparecido conforme a derecho (art. 56 CPCC) ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fuera intimada de pago en fecha 17/04/2026, en su domicilio de la calle Cetrangolo N° 76 de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham (ver mandamiento digitalizado en fecha 21/04/2026), según informa la Actuaria en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)."
II.- "Respecto al capital reclamado, el mismo deberá calcularse, al momento de la liquidación, de conformidad con el reajuste pactado entre las partes en la cláusula 1° del contrato de prenda adjunto en formato PDF en fecha 07/10/2025, determinando el monto adeudado de cada cuota impaga conforme al valor móvil que corresponda, estableciéndose como tope para tal reajuste, el valor del automotor al momento de tener que abonarse la última de las cuotas."
III.- "En cuanto a los intereses, corresponde estar a los convenidos en la cláusula especial 10° del contrato prendario (Tasa activa no capitalizable del Banco Nación Argentina; fs. 7 vta.), dada su razonabilidad, computable desde la fecha de mora (11/07/2023) hasta su efectivo pago (doct. arts. 10, 11, 279, 958, 1004 y 771 del Cód. Civ. y Com.)."
¿Qué se resolvió?
1) "Mandando llevar adelante la ejecución promovida por CIRCULO DE INVERSORES S.A.U DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS contra LUIS FABIAN TERPOLILE hasta tanto el deudor le haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $12.366.795.- (Pesos doce millones trescientos sesenta y seis mil setecientos noventa y cinco) calculando el mismo al momento de la liquidación conforme el reajuste previsto en el considerando segundo, con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando tercero."
2) "Imponiendo las costas al accionado vencido (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art.51 de la ley 14.967."
3) "Tiénese por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC.)."
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