VIEYRA PRISCILA ALEJANDRA C/ ARIAS LIBERATO PEDRO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La actora solicitó la homologación de un convenio transaccional con la aseguradora citada en garantía en autos por daños y perjuicios automotores. El Tribunal homologó el acuerdo, impuso las costas a la aseguradora y reguló honorarios conforme a la escala legal, tomando $9.000.000 como base regulatoria.
¿Quién es el actor?
Priscila Alejandra Vieyra.
¿A quién se demanda?
Liberato Pedro Arias y la citada en garantía SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por daños y perjuicios automotores (causa caratulada "VIEYRA PRISCILA ALEJANDRA C/ ARIAS LIBERATO PEDRO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)").
¿Qué se resolvió?
Homologar el acuerdo transaccional presentado el 16/09/26; imponer costas a la aseguradora citada en garantía; regular honorarios de los profesionales y mediadora conforme a la normativa aplicable; requerir a la actora que indique la prosecución del beneficio de litigar sin gastos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la situación descripta encuadra en lo normado en el artículo 308 de la ley de enjuiciamiento civil, limitándose la labor jurisdiccional a examinar los requisitos exigidos por la ley para su validez y a homologar o no, la transacción efectuada por los contendientes.
Que asimismo, examinado el acuerdo, entiendo que el mismo exterioriza la voluntad expresa de las partes, quienes requirieron su homologación (art. 1641 del CCCN; art. 7 CCCN cfr. ley 26.994 ). Asimismo advierto que no aparecen en forma manifiesta vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo por ellos celebrado, motivo por el cual, habiéndose dado cumplimiento con lo normado en el art. 1643 del código antes citado, corresponde homologar el acuerdo acompañado en fecha 16/09/26 (conf. art. 308 Cód. Proc.)."
"CONSIDERANDO:
III) Conforme lo normado en el artículo 73 in fine del Cód. Procesal, las costas se imponen a la citada en garantía conforme lo convenido en la cláusula V del acuerdo acompañado."
"RESUELVO:
1) Homologar el acuerdo arribado por las partes.
2) Imponer las costas a la citada en garantía "SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA", conforme lo dispuesto en el Considerando III.
3) A fin de dar cumplimiento con lo normado por los arts. 21 y 22 de la ley 6716, y encontrándose los honorarios pactados en la Clausula II del acuerdo de honorarios de fecha 16/09/26 dentro de la escala legal, tieneselos presente respecto del Dr. Facundo Nahuel CARUSO, ... regulase en el mínimo de la escala legal ... los honorarios de la Dra. Juana JAUREGUIBERRY ... en 10 IUS ... debiendo adicionarse el diez por ciento (10%) que determina el art. 12 de la ley 6716 ... Asimismo, regúlanse los honorarios de la Mediadora Pre Judicial Analia Rosana RAMIS (LM 099) en la suma de 15 IUS ... Se deja constancia que se ha tomado como base regulatoria la suma de $ 9.000.000 ... 4) Requerir de la parte actora que indique la acción a seguir respecto a la prosecución del beneficio de litigar sin gastos incoado."
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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