INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS FLM S/ DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
Contienda negativa de competencia en causa por exhibiciones obscenas agravadas. El Tribunal Superior de Justicia confirmó la competencia de la justicia nacional, rechazando el planteo de incompetencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 11.
Actor: Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 11 (planteó la contienda de competencia) Demandado: Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 6 Objeto de la demanda: Resolución de una contienda negativa de competencia entre dos órganos jurisdiccionales respecto de quién debía entender en la causa caratulada "SAAVEDRA, CARLOS FABIAN S/ EXHIBICIONES OBSCENAS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA" (Expte. nº TSJ 96615/2026-0).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la competencia de la justicia nacional para seguir entendiendo en la causa originada por la denuncia de exhibiciones obscenas agravadas (art. 129, segundo párrafo, CP). El Tribunal rechazó la declinación de competencia planteada por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 11 y confirmó la resolución previa del 16-07-2025 (Expte. nº 16292 "Saavedra") que ya había establecido la competencia de la justicia nacional. Fundamentos principales: "En ese sentido, sostuvo que 'en el presente caso el Tribunal Superior de Justicia ya tuvo oportunidad de expedirse respecto al fuero que debía intervenir (…) La circunstancia de que con posterioridad se hubiera descartado el posible abuso sexual oportunamente investigado carece de trascendencia, en las particulares circunstancias de autos, para determinar un nuevo cambio en el fuero de radicación del caso', siendo que razones de mejor administración de justicia requieren evitar la reiteración de nuevos conflictos a medida que avanza el proceso." El Fiscal General Adjunto señaló además que en casos de violencia de género que han tramitado ante la justicia nacional y en los que posteriormente el Tribunal Oral ha intentado desprenderse de la competencia, "el TSJ determinó que invariablemente debía continuar interviniendo la justicia nacional, en razón del grado de avance y de conocimiento adquirido por el fuero en relación con los hechos y en función de principios de mejor administración de justicia". El Tribunal fundamentó su decisión en principios de economía procesal y en evitar la reapertura innecesaria de investigaciones ya desarrolladas exhaustivamente ante la justicia nacional.
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