Incidente Nº 1 - IMPUTADO: GONZALEZ, CRISTIAN DARIO s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
Incidente de excarcelación promovido por Cristian Darío González contra la resolución que rechazó su pedido de excarcelación y prisión domiciliaria. La Cámara Federal de Corrientes declaró abstracto el recurso de apelación por carecer de actualidad, ante la resolución posterior del juez a quo que dictó falta de mérito y ordenó la inmediata libertad del imputado.
¿Quién es el actor?
Cristian Darío González (apelante), por sus propios derechos, con patrocinio del Dr. Raúl Alfonzo.
- Demandado/recurrido: Resolución N°221/2026 dictada por el Juzgado Federal N°1 de Corrientes (acto impugnado).
- Objeto de la demanda: apelación contra la Resolución N°221/2026 que rechazó el pedido de excarcelación y, en subsidio, de prisión domiciliaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Corrientes declaró abstracto el recurso de apelación interpuesto por Cristian Darío González por carecer de actualidad, debido a que en las actuaciones principales el juez a quo dictó la Resolución N°747/2026 por la que se dispuso la falta de mérito respecto del imputado y se ordenó su inmediata libertad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"II. Que, conforme surge del registro de este tribunal, se advierte que, en fecha 10 de septiembre del 2026, ingresó el DEO N° 24649349, mediante el cual se hizo saber que, en las actuaciones principales, el juez a quo dictó la Resolución N° 747/2026, por la que dispuso la falta de mérito respecto de Cristian Darío González, en relación con los hechos ocurridos el 16 de septiembre del 2022, ordenado su inmediata libertad.
III. Que, en virtud de lo expuesto, y toda vez que el objeto del recurso de apelación carece de actualidad, corresponde declarar abstracta la cuestión sometida a conocimiento de esta Alzada, por resultar inoficioso emitir un pronunciamiento al respecto.
Por lo que, resulta del Acuerdo que antecede, por mayoría, SE RESUELVE: Declarar abstracto el recurso de apelación interpuesto por Cristian Darío González, por sus propios derechos y con el patrocinio letrado del Dr. Raúl Alfonzo, por carecer de actualidad el objeto sometido a estudio de este Tribunal.
Regístrese, notifíquese, comuníquese a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Cf. Acordada 10/2025 CSJN) y devuélvase –oportunamente
- sirviendo la presente de atenta nota de envío."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el acuerdo; la nota informa que la firma corresponde a la mayoría absoluta por ausencia de uno de los jueces por licencia.
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