CUELLO, OSCAR AGUSTIN c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios de haberes previsionales y exención de retenciones sobre retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609, impuso costas a ANSES y reguló honorarios al 30% de lo fijado en primer grado.
¿Quién es el actor?
CUELLO, OSCAR AGUSTIN.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, inclusión de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y exención del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos e intereses; además se planteó inconstitucionalidad de topes y de la ley 27.609.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza NO HIZO LUGAR al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, confirmó la sentencia apelada; declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley n°27.609; impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) “El Tribunal se planteó la siguiente cuestión a resolver: ¿Debe modificarse la sentencia apelada?” (voto introductorio que fija la cuestión a decidir).
2) Sobre la PBU y su actualización: “Cabe resaltar que, de la doctrina emanada de la CSJN en autos ‘Quiroga, Carlos Alberto c/ Anses s/ Reajustes Varios’ (sent. del 11/11/2014) no surge, que el Alto Tribunal hubiere limitado la actualización de la Prestación Básica Universal solamente a aquellos beneficios adquiridos hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417 (1/03/2009). Por el contrario, afirma el carácter integral de todos los beneficios de la seguridad social, ‘aspecto del que es parte esencial la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos.’”
3) Sobre la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609: “El principio de progresividad no admite retrocesos que restrinjan derechos alcanzados, salvo que el Estado demuestre estrictamente que evaluó alternativas menos lesivas... La mera alegación presupuestaria no satisface este estándar... Conclusión. La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente.”
4) Sobre el Impuesto a las Ganancias y los retroactivos: “la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria... Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora.”
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el acuerdo; los Dres. Soneira y Pizarro adhieren al voto del Dr. Pérez Curci.
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