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LOPEZ RAUL ANDRES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor solicitó el reajuste del haber jubilatorio y pago de retroactividades por cálculo incorrecto del haber inicial. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, ordenó a ANSeS recalcular y pagar diferencias desde el 26/11/2022, admitió la excepción de prescripción y declaró la inconstitucionalidad parcial de art. 26 L.24.241 y art. 9 L.24.463 si su aplicación produce una merma superior al 15%.

Inconstitucionalidad Anses Retroactividades Reajuste jubilatorio Pbu Isbic Ampo Topes maximos Interes tasa pasiva bcra Prescripcion (art. 82 l.18.037)


¿Quién es el actor?

LOPEZ RAUL ANDRES.

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber jubilatorio (recalculo del haber inicial por remuneraciones no actualizadas), aplicación de pautas de movilidad y pago de sumas retroactivas con intereses; cuestionamiento de topes máximos e inconstitucionalidad de normas que afectarían la integralidad/proporcionalidad del haber.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se ordenó a ANSeS redeterminar y reajustar el haber inicial conforme a las pautas fijadas en el fallo y abonar las diferencias retroactivas con intereses desde el 26/11/2022 (dos años previos al reclamo administrativo). Se hizo lugar a la excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 para el caso en que su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto del haber calculado según lo dispuesto. Costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida para liquidación definitiva.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "III.
- Con relación a la Prestación Básica Universal, ... la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dispuesto la aplicación del precedente “Quiroga, Carlos Alberto c/Anses s/Reajustes Varios”, sentencia del 11/11/2014 ... En tal sentido, sin perjuicio del criterio que mantuve sobre el particular -de actualizar el valor del AMPO/MOPRE según el índice del salario básico de convenio de la industria y la construcción (ISBIC)-, lo cierto es que las tres Salas de la Excma. Cámara del fuero han unificado su posición sobre el punto, adoptando para la actualización de la PBU, el índice contemplado en el fallo de la CSJN “Badaro Adolfo Valentín”, sent. del 26/11/2007 ... En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo “Badaro”..." "XII.
- Con relación a la excepción de prescripción, corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037), salvo que no hubieran transcurrido los dos años de plazo entre la resolución otorgante de la prestación y su primer reclamo de reajuste de haberes de conformidad con lo dispuesto por el Alto Tribunal in re “Alonso, Juan José c/ANSeS s/reajustes varios” (Corte Suprema de Justicia de la Nación, A.2300.XXXVIII, 4/9/07.), situación esta última que determina su rechazo." Además, el Tribunal señala expresamente: "Declarar la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y art. 9 de la ley 24.463, para el caso de que su aplicación provocara una merma superior al 15%, respecto de los haberes calculados de acuerdo a lo decidido en la presente."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la parte dispositiva expresada es la decisión del tribunal.

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