CREDIL SRL C/ LEVA SEBASTIAN OSCAR S/ COBRO EJECUTIVO
Credil S.R.L. promovió ejecución por cobrar pagaré y capital adeudado. La Cámara admitió parcialmente la apelación y modificó la sentencia de grado ordenando la ejecución por el capital puro más gastos e intereses compensatorios desde la libranza y, sobre el saldo insoluto, los intereses punitorios pactados con el límite fijado en primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
Credil S.R.L.
- A quién se demanda (Demandado)
Sebastián Oscar Leva
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Cobro ejecutivo sobre pagaré/contrato de mutuo por suma adeudada (capital y accesorios), originado en un mutuo por $800.000 y un pagaré por $2.277.110 con cláusula de recargo del 50% de los compensatorios y TEA del 702,39% y CFT 1090,93%.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se admitió parcialmente la apelación de la ejecutante y se modificó la sentencia de fecha 03/07/2026. Se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago del capital insoluto resultante del siguiente cálculo: a) sobre el capital puro prestado se adicionarán gastos e intereses compensatorios pactados desde la fecha de libramiento del cartular (14/08/2024) y hasta la fecha de mora (07/08/2025); b) el saldo insoluto (capital e intereses compensatorios, descontando pagos parciales) devengará los intereses punitorios pactados desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago, todo ello con el límite ya impuesto en la sentencia de primera instancia. Las costas de Alzada se imponen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"En tal inteligencia, los intereses compensatorios pactados deben ser reconocidos desde la fecha de libramiento del cartular y hasta la fecha de mora, a partir de la cuáles correrán los punitorios pactados en el título con el límite otorgado en la sentencia de primera instancia en atención a los alcances del recurso impetrado (arts. 2, 10, 12, 767, 771 y concs., Cód. Civ. y Com.; 5, 35, 52 y 103, dec. ley 5965/63)."
"En síntesis, al monto de capital puro, se le habrán de adicionar los gastos e intereses compensatorios pactados, desde la fecha de libramiento del cartular y hasta la fecha de mora. El saldo insoluto -capital e intereses compensatorios descontando los pagos parciales al momento de su realización-, conformará el monto que devengará los intereses punitorios pactados, desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago, con el límite otorgado en la sentencia de primera instancia en atención a los alcances del recurso impetrado (arts. 2, 10, 12, 767, 771 y concs., Cód. Civ. y Com.; 5, 35, 52 y 103, dec. ley 5.965/63)."
"POR ELLO: Se admite el recurso de apelación interpuesto por la ejecutante Credil S.R.L. y, en consecuencia, se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sebastián Oscar Leva haga íntegro pago del capital insoluto que resulte del siguiente cálculo: a) sobre el capital puro prestado, se adicionarán los gastos e intereses compensatorios pactados, desde la fecha de libramiento del cartular -14/08/2024
- y hasta la fecha de mora -07/08/2025-; b) el saldo insoluto -capital e intereses compensatorios descontando los pagos parciales al momento de su realización
- conformará el monto de la condena que devengará los intereses punitorios pactados, desde la fecha de mora, y hasta el efectivo pago, todo ello con el límite otorgado en la sentencia de primera instancia en atención a los alcances del recurso impetrado."
- Votos
El voto mayoritario (Dr. Federico G. García Ceppi) resolvió conforme los fundamentos arriba transcritos; la Dra. Irene Hooft adhirió al voto, conformando el acuerdo unánime.
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