STORTI, MARTA LUJAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES solicitando reajustes varios, entre ellos la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia, ordenó el reajuste de la PBU, diferió para ejecución la cuestión sobre la ley 27.609, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, e impuso las costas a la demandada, además de regular honorarios al 30% de lo que se fije en primera instancia.
¿Quién es el actor?
STORTI, MARTA LUJAN.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamos por reajustes varios de prestaciones previsionales, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), determinación de la movilidad aplicable y declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609 y normas conexas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, por mayoría, confirmó la sentencia de primera instancia; ordenó el reajuste de la PBU conforme al considerando 1.2; diferió el tratamiento sobre la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018; condenó en costas a la demandada sustancialmente vencida y reguló honorarios en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción textual de los párrafos más relevantes):
"1.2.
- En relación al agravio de la accionante, realizado el recálculo de la PBU inicial mediante el índice utilizado en la planilla acompañada que es conteste con lo dispuesto en el precedente ut supra citado, se concluye que su falta de redeterminación ocasiona una merma que resulta confiscatoria por ser mayor al 15% -cfr. el fallo “Quiroga” por lo tanto, cabe ordenar la actualización de dicho componente."
"4.
- En lo atinente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos “Morales, Blanca Azucena” (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423. Así voto."
- Votos y mayorías: El Dr. Aníbal Pineda redactó el voto que expone los fundamentos de la resolución; las Dras. Silvina M. Andalaf Casiello y Elida I. Vidal adhirieron en lo sustancial y, entre otras matizaciones, convinieron en diferir para la etapa de ejecución el tratamiento relativo a la ley 27.609. No hubo disidencia que altere la parte resolutiva.
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