QUELAS ALBERTO SALIM Y OTRO C/ RODRIGUEZ ALEJANDRO SALVADOR Y OTRO S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Los actores promovieron demanda de desalojo por intrusión respecto de dos lotes rurales. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción de desalojo al entender que la demandada acreditó prima facie el ejercicio de actos posesorios que impiden el lanzamiento; costas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Alberto Salim Quelas y Maria Celia Callegari, titulares registrales de los inmuebles (escritura 30.1.1978).
Demandado: Alejandro Salvador Rodriguez y Maria Silvina Vignales (y/o quien resulte ocupante).
Objeto: Desalojo por intrusión de dos inmuebles identificados catastralmente (parc. 10 y 11; matr. 6104 y 6105) y, subsidiariamente, gastos de mantenimiento y mejoras.
Decisión: Se receptó el recurso de apelación, se revocó la sentencia de fecha 16.10.2025 y se rechazó la acción de desalojo. Las costas de ambas instancias se imponen a la actora. Se difiere regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo, votos mayoritarios):
- "En efecto, los demandados sostuvieron que los dos lotes objeto de autos se encontraban comprendidos dentro del ámbito territorial que venían ocupando y sobre el cual afirmaron ejercer, desde varios años atrás, diversos actos de aprovechamiento y conservación. Si bien no lograron acreditar con la precisión necesaria la antigüedad de veinte años que invocaron, existen elementos objetivos que permiten considerar verosímil la situación posesoria alegada."
- "Estos testimonios, que valoro en su conjunto, brindan respuestas precisas y relatos suficientemente descriptivos frente al interrogatorio, concordantes entre sí en relación al ejercicio de actos posesorios consistentes en el cerramiento, limpieza y utilización de los terrenos, ubicándolos dentro del espacio que los demandados ocupaban y aprovechaban."
- "A su vez, conforme el acta correspondiente al reconocimiento judicial llevado a cabo el 29.8.2024 ... pude observar que el mismo es de gran amplitud, no encontrándose identificados ni separados, o cercados los lotes 10 y 11. De acuerdo al plano señalado supra, y a simple vista de los mismos, no contando con elementos de medición, pude advertir que, en los dos lotes se encuentran variedad de animales y el lago artificial."
- "De allí que la existencia de animales, vegetación y, particularmente, de un espejo de agua artificial constituya un elemento objetivo que no puede ser desatendido al ponderar la relación de poder invocada."
- "En definitiva, estimo que el conjunto de las circunstancias así acreditadas, dan derecho a la demandada a permanecer en el inmueble en virtud de una causa legítima que impide el desalojo fundado en un caso de intrusión (arts. cit.)."
- Bloque dispositivo final: "se recepta el recurso de apelación interpuesto, se revoca la sentencia apelada del 16.10.2025 y se rechaza la acción de desalojo. Costas de ambas instancias a la actora en su objetiva condición de vencida. Se difiere la regulación de honorarios (art. 31, LHP)."
- Votos: Los Dres. Cremonte y Janka coincidieron en el resultado (adhesión al voto propuesto por el Dr. Cremonte). No se registran disidencias.
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