DRACICH, MARIA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Reclamo de reajuste de haberes y recálculo del haber inicial y PBU contra ANSeS. La Cámara rechazó el recurso de ANSeS y confirmó la sentencia de grado que ordenó recalcular el haber inicial y diferir el análisis de la PBU para la etapa de liquidación, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Dra. María del Carmen Dracich.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes; recálculo del haber inicial (promedio base de cálculo) y recalculo/actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y aplicación de movilidad.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la ANSeS y se confirmó la sentencia de fecha 5/5/2026 en cuanto fue materia de agravio; se impusieron las costas de la Alzada a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"En ese sentido cabe puntualizar que el Máximo Tribunal recordó que 'la fijación del índice de actualización no es un aspecto menor, de detalle, referente al cumplimiento del régimen de jubilaciones, sino que es una cuestión de la mayor relevancia pues tiene directa incidencia sobre el contenido económico de las prestaciones, pudiendo afectar el mandato protectorio del art. 14 bis de la Constitución Nacional o el derecho de propiedad de los beneficiarios' (considerando 17). Por ello entendió que 'es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período en juego, toda vez que se trata de un componente decisivo para asegurar la vigencia de los derechos consagrados en el art. 14 bis de la Ley Fundamental' (considerando 21)."
"Como corolario de lo expuesto, corresponde confirmar el diferimiento del análisis del recálculo de la PBU de origen para la etapa de liquidación, conforme pautas esbozadas en dichos precedentes."
"En virtud de lo expuesto, se RESUELVE: I.
- RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la ANSeS y, en consecuencia, CONFIRMAR la sentencia del 5/5/2026 en cuanto fue materia de agravio. II.
- IMPONER las costas de la Alzada a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el bloque resolutorio final; la resolución es la de la mayoría que confirma la sentencia de grado.
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