Incidente Nº 11 - QUERELLANTE: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA IMPUTADO: CASTRO, SILVIA VERÓNICA Y OTRO s/Audiencia de determinación de pena (Art. 304)
Se juzgó a empleados del Banco de la Nación Argentina por estafa e incumplimiento de los deberes de funcionario público por maniobras de retención de billetes en el conteo de depósitos. El Tribunal Oral condenó a Silvia Verónica Castro a 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación por 17 hechos y a Fernando Arias Knudsen a 6 meses en suspenso e inhabilitación por 1 hecho, fundando la decisión en registros fílmicos y testimonios que acreditaron el ardid, el engaño y la afectación patrimonial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Marcos Romero) y la querella Banco de la Nación Argentina (Dra. Angela Mizzau).
Demandado: Silvia Verónica Castro y Fernando Arias Knudsen.
Objeto: Enjuiciamiento penal por los delitos de estafa (art. 172 CP) en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público (art. 248 CP), derivados de maniobras de separación y ocultamiento de billetes durante conteos de depósitos en la sucursal Orán del BNA.
Decisión: Se condenó a Silvia Verónica Castro como autora de los delitos indicados en 17 hechos y a Fernando Arias Knudsen como coautor en 1 hecho; a Castro se le impuso 2 años de prisión de ejecución en suspenso e inhabilitación especial por el doble de la condena; a Arias Knudsen 6 meses de prisión de ejecución en suspenso e inhabilitación por el doble de la condena; además se impusieron reglas de conducta por 2 años y costas. (La redacción del fallo y la pena coinciden con el bloque dispositivo transcripto en la sección 0.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"I) DECLARAR PENALMENTE RESPONSABLE a SILVIA VERÓNICA CASTRO, de las restantes condiciones obrantes en autos, de los delitos de ESTAFA en concurso ideal con INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCONARIO PÚBLICO, en 17 hechos, en calidad de autora (arts. 172, 248, 45, 54 del Código Penal, 303 del CPPF)."
"II) DECLARAR PENALMENTE RESPONSABLE a FERNANDO ARIAS KNUDSEN, de las restantes condiciones obrantes en autos, de los delitos de ESTAFA en concurso ideal con INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCONARIO PÚBLICO, en un hecho, en calidad de coautor (arts. 172, 248, 45, 54 del Código Penal, 303 del CPPF)."
"La maniobra se desarrollaba en el ámbito laboral de la Sra. Castro y consistía en recibir el dinero en la Caja 5, de clientes habituales que manejaban cantidades importantes de efectivo. [...] Habitualmente ocultaba los billetes debajo de un folleto del Banco y, al final de la jornada, guardaba el folleto con el dinero entre sus pertenencias al retirarse."
"La separación deliberada del dinero y, sobre todo, la implementación de mecanismos dirigidos a impedir que el cliente detectara el faltante. Ello no se ve enervado por el hecho de que se tratara de mecanismos previstos por el Banco para el conteo lícito, pues se advirtió que en otras oportunidades el mismo procedimiento se cumplía sin derivar en sustracción, lo que evidencia el uso desleal de medios inicialmente legítimos para consumar el ardid. La reiteración de esta mecánica en los 17 hechos acreditados refuerza esa inferencia respecto de la Sra. Castro."
- Votos o disidencias relevantes: No constan votos en disidencia; la sentencia es unipersonal dictada por el Sr. Juez Domingo José Batule.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: