Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RUIZ, RODOLFO HERNAN Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Tres imputados fueron juzgados por infracción a la Ley 23.737 por transporte y tenencia de estupefacientes. El Tribunal Oral Federal de Neuquén condenó a Rodolfo H. Ruiz a 4 años y 3 meses de prisión (cumplimiento efectivo en prisión domiciliaria), a Ever P. Benítez García a 4 años de prisión efectiva, y a Esteban N. Esparza a 3 años de prisión en ejecución condicional con reglas de conducta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal Federal Dra. Luisina Tiscornia y equipo).
- A quién se demanda (Demandados): 1) Rodolfo Hernán Ruiz; 2) Ever Pastor Benítez García; 3) Esteban Nicolás Esparza.
Objeto: Se los enjuició por infracción a la Ley 23.737 — tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en modalidad de transporte; además tenencia con fines de comercialización y tenencia simple en concurso real según cada imputado.
Decisión: Se condenó a Ruiz como autor del delito de transporte a la pena de 4 años y 3 meses de prisión de cumplimiento efectivo (con modalidad de cumplimiento en prisión domiciliaria); a Benítez García como partícipe necesario en transporte y autor de tenencia con fines de comercialización a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo; y a Esparza como partícipe secundario en transporte en concurso real con tenencia simple a 3 años de prisión cuya ejecución se deja en suspenso, imponiéndole reglas de conducta (art. 27 bis). Se decretaron decomisos, destrucción de la droga y devolución de bienes no sujetos a decomiso.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"Tengo por acreditada la materialidad de los hechos descriptos en el apartado I, así como la intervención en ellos de Rodolfo Hernán RUIZ, Ever Pastor BENITEZ GARCIA y Esteban Nicolás ESPARZA, en mérito al plexo probatorio reunido durante el debate y en la etapa de instrucción, incorporado por lectura con la conformidad de todas las partes."
"En atención a lo expuesto, y no existiendo controversia entre las partes en cuanto al monto de pena solicitado -que se ajusta, en cada caso, a los parámetros legales y a las pautas mensurativas señaladas-, corresponde imponer a Rodolfo Hernán RUIZ la pena de CUATRO (4) AÑOS Y TRES (3) MESES de prisión de cumplimiento efectivo... A su vez, corresponde imponer a Ever Pastor BENITEZ GARCIA la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisión de cumplimiento efectivo... Por ultimo, corresponde imponer a Esteban Nicolás ESPARZA la pena de TRES (3) AÑOS de prisión, cuya ejecución se deja en suspenso..."
Asimismo, respecto del agravante: "En consecuencia, corresponde descartar el agravante del artículo 11 inc. 'c' de la Ley 23.737 respecto de los tres imputados, quedando su situación particular sujeta a las calificaciones básicas que se desarrollan a continuación."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; la sentencia fue unánime.
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