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RODRIGUEZ LUIS NICOLAS C/ SWISS MEDICAL ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Demanda de fijación de honorarios extrajudiciales por actuaciones ante Comisión Médica. El Tribunal hizo lugar y reguló honorarios por 3,79 jus arancelarios más adicional, con costas a la demandada y obligación de pago de tasa de justicia ($4.439) en cinco días.

Fijacion honorarios Honorarios extrajudiciales Comision medica Ley 27.348 Resolucion 298/17 srt Ley 14.967 Jus arancelarios Costas Tasa de justicia $4.439 Swiss medical art s.a.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Dr. Luis Nicolás Rodríguez, por derecho propio, promovió demanda para la regulación de sus honorarios por actuaciones profesionales en expediente administrativo SRT N° 281544/22. Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A. Objeto: Regulación de honorarios profesionales por la actuación oficiosa del letrado en la Comisión Médica N° 31 B (divergencia en la determinación de la incapacidad) y su pago a cargo de la A.R.T. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se regularon honorarios en la suma equivalente a TRES CON SETENTA Y NUEVE (3,79) JUS ARANCELARIOS más su adicional de ley, a cargo de la demandada; se intimó a pagar la tasa de justicia de $4.439 y la contribución del 5%; se impusieron las costas a la accionada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El artículo 1° de la ley 27.348, establece expresamente que es obligatoria la intervención de un abogado patrocinante en las actuaciones por parte del trabajador/a, en los reclamos que lleven a cabo en instancia administrativa en cumplimiento de dicha preceptiva." "Asimismo, el artículo 37 de la Resolución 298/17 de la SRT, dispone que la actuación oficiosa de los abogados patrocinantes de los trabajadores/as devengarán honorarios, los cuales se encuentran a cargo de las A.R.T., resultando de aplicación los porcentajes previstos en las disposiciones de la leyes de aranceles de cada jurisdicción local, siempre que se hubiera reconocido la pretensión reclamada por el damnificado." "De tal modo, estimo prudentemente, en atención al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada en el expediente administrativo SRT N° 281544/22, regular honorarios al doctor LUIS NICOLAS RODRIGUEZ en la suma equivalente a TRES CON SETENTA Y NUEVE (3,79) JUS ARANCELARIOS, con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967).
- Las costas deberán ser soportadas por la demandada (art. 24, ley 15057)."
- Texto del dispositivo (parte resolutiva final): "el Tribunal RESUELVE: 1).
- Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. LUIS N. RODRIGUEZ contra "SWISS MEDICAL ART S.A.". 2).
- Regular sus honorarios profesionales por las actuaciones oficiosas en el expediente administrativo SRT N° 281544/22 por ante la Comisión Médica N° 31 B delegación San Nicolás, en la suma equivalente a TRES CON SETENTA Y NUEVE (3,79) JUS ARANCELARIOS con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967), los que quedarán a cargo de la demandada. 3).
- Intimar a la demandada para que, dentro de los cinco días haga efectivo el pago de la suma de $4.439 en concepto de tasa de justicia... y para que, dentro del mismo término, cumpla con el pago de la contribución del 5% sobre la tasa de justicia... 4).
- Imponer las costas a la accionada (art. 24 de la ley 15057)."

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