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URQUIAGA MELINA SOLEDAD C/ PROVINCIA ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Acción de fijación de honorarios extrajudiciales por actuaciones en expediente SRT N° 445748/25. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló los honorarios en 7,97 jus arancelarios más adicional de ley, imponiendo su pago a la A.R.T. y las costas a la accionada.

Honorarios extrajudiciales Fijacion honorarios A.r.t. Comisiones medicas Ley 14.967 Resolucion 298/17 srt Jus arancelarios Costas Tasa de justicia Instancia administrativa.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Dra. Melina Soledad Urquiaga, por derecho propio. Demandado: Provincia A.R.T. S.A. Objeto: Regulación de honorarios profesionales por actuaciones oficiosas prestadas en el expediente administrativo SRT N° 445748/25 ante la Comisión Médica N° 31 B (divergencia en la determinación de la incapacidad), y cobro de los mismos a cargo de la A.R.T. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se regularon honorarios en la suma equivalente a 7,97 jus arancelarios más adicional de ley, los que quedarán a cargo de la demandada; se intimó a la accionada a acreditar pago de $9.338 por tasa de justicia y la contribución del 5%; se impusieron las costas a la accionada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en el lenguaje original del Tribunal): "En síntesis, concluyo que el señor Daniel Alejandro Fernandez cumplió con la instancia administrativa previa, con la asistencia letrada de la aquí accionante y que se configuraron los extremos que habilitan la regulación de los estipendios profesionales, en estricta aplicación de la ley 14.967." "En el último párrafo enfatiza sobre la prohibición de la fijación o regulación de honorarios en el ámbito de las Comisiones Médicas y Servicios de Homologaciones. Por lo cual, en estricta aplicación del citado artículo 37 de la Resolución 298/17, corresponde a este Tribunal regular los estipendios profesionales del actor, empleando los parámetros fijados por la ley 14.967, artículo 44, inc. b." "De tal modo, estimo prudentemente, en atención al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada en el expediente administrativo SRT N° 445748/25 regular honorarios a la Dra. MELINA SOLEDAD URQUIAGA en la suma equivalente a SIETE CON NOVENTA Y SIETE (7,97) JUS ARANCELARIOS, con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967)."
- Votación y regla de mayoría: El voto que abrió la sentencia (Dr. Hernán Brasi) propuso y fundó la decisión; los Dres. Paula Capucchio y Nicolás Aparisi compartieron los fundamentos del juez preopinante y votaron en el mismo sentido. El bloque dispositivo final del Tribunal confirmó por mayoría esa resolución.

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