OLACE CHRISTIAN LEONARDO GASTON C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor demandó por accidente de trabajo y enfermedad profesional COVID-19 reclamando indemnizaciones. El Tribunal hizo lugar parcialmente: condenó a Provincia ART S.A. a pagar $14.571.450,74 por el accidente del 21/09/2023 y, por mayoría, a pagar $38.602.205,96 por la enfermedad profesional COVID-19, rechazando la excepción de prescripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Olace Christian Leonardo Gaston.
Demandado: Provincia ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo del empleador Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires).
Objeto: Revisión judicial de resoluciones de la Comisión Médica Jurisdiccional (acción de revisión Ley 15.057) por infortunios laborales: enfermedad profesional COVID-19 (primera manifestación 26/07/2020) y accidente de trabajo ocurrido el 21/09/2023; pide indemnizaciones ($10.224.654 en el libelo inicial).
Decisión:
Por unanimidad respecto del accidente del 21/09/2023: se hace lugar parcialmente a la demanda y se condena a Provincia ART S.A. a abonar $14.571.450,74 (capital actualizado e intereses) por incapacidad parcial y permanente (12,01% T.O. por lesión de rodilla izquierda/hidrartrosis), con costas a la demandada.
Por mayoría respecto de la enfermedad profesional COVID-19: se hace lugar a la demanda y se condena a Provincia ART S.A. a abonar $38.602.205,96 (capital actualizado e intereses) por incapacidad parcial y permanente imputada a COVID-19 (grado fijado por mayoría en % y liquidación detallada en el voto disidente), rechazándose la excepción de prescripción planteada por la demandada. Costas a la demandada vencida.
Se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y la inaplicabilidad de las resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023, así como de arts. 7 y 10 Ley 23.928 y art. 12 Ley 24.557 (texto según Ley 27.348), adoptando pautas de actualización conforme índice RIPTE y 3% interés puro anual.
- Fundamentos principales (extractos textuales relevantes — lenguaje del Tribunal):
Sobre prescripción y toma de conocimiento (voto mayoritario y conclusión del fallo): "Que, en fecha 26/07/2020, se produjo la primera manifestación invalidante... 08/08/2023 el actor inicia el Expediente Administrativo... tres años y trece dias después ... entiendo que la prestación era exigible... no teniendo por tanto dicho trámite administrativo entidad suspensiva o interruptiva por cuanto el plazo que se pretende suspender ya se encontraba ampliamente extinguido. ... debe hacerse lugar a la excepción de prescripción planteada por la demandada respecto a la enfermedad COVID-19."
Voto disidente (adoptado por mayoría final en el dispositivo): "El instituto de la prescripción ... debe admitirse con carácter restrictivo. ... la sola aparición de síntomas, la formulación de diagnósticos preliminares o la recepción de prestaciones asistenciales no permiten presumir, sin más, que el trabajador hubiera adquirido conocimiento cierto e inequívoco de la naturaleza laboral de la enfermedad. Por consiguiente, no resulta razonable situar dicho inicio del plazo prescriptivo en un momento anterior a aquel en que tales extremos fueron determinados objetivamente mediante dictado de la D.I.A.P.A.."
Sobre incapacidad por accidente y pericia médica: "el perito ... surge que el actor presenta según el Baremo de la Ley 24.557 una incapacidad parcial y permanente ... 18,91% calculada en forma aritmética ... ajustada ... asciende a 18,13%." (el Tribunal excluye por prescripción las secuelas vinculadas a COVID-19 en la partida del juez Suvidzinski y valora solo la rodilla: determina 12,01% T.O. para el accidente).
Sobre la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y actualización: "corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019. Asimismo ... las Resoluciones Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023 ... deben correr la misma suerte..." y dispone actualización por índice RIPTE e interés puro 3% anual.
- Votos y mayoría: El fallo contiene votación dividida. El Dr. Lanzavechia votó en disidencia respecto de la prescripción y por reconocer la enfermedad COVID-19; el Dr. Coda adhiere a la disidencia de Lanzavechia; el Dr. Suvidzinski votó por hacer lugar a la prescripción respecto de la COVID-19 y por otra parte resolvió favorablemente el accidente. El bloque dispositvo final refleja la resolución de la mayoría (rechazo de la prescripción y condena por enfermedad) y la unanimidad sobre el accidente.
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