BALBUENA IRUPE C/ CIUDAD DE QUILMES APART HOTEL S.A Y OTRO/A S/ DESPIDO
Demanda por despido con conciliación homologada por el Tribunal laboral. El Tribunal homologó la conciliación por $28.500.000 y reguló costas y honorarios, admitiendo la exención de sellados y tasa de justicia conforme art. 30 Ley 15.057.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BALBUENA IRUPE.
Demandado: CIUDAD DE QUILMES APART HOTEL S.A y TATARSKY MARIO DANIEL.
Objeto: Reclamo laboral por despido.
Decisión: Homologación de la conciliación celebrada entre las partes por la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 28.500.000), con regulación de costas y honorarios y pautas de pago.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente):
"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA). .-Costas conforme a lo solicitado, con exención del pago de la Tasa de Justicia y adicional sobre la misma (art. 30 de la ley citada).-
ASI LO VOTO."
Bloque dispositivo final (transcripción literal):
"el Tribunal RESUELVE:
1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora BALBUENA IRUPE y la demandada CIUDAD DE QUILMES APART HOTEL S.A, y TATARSKY MARIO DANIEL por la suma de PESOS PESOS VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 28.500.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado.
2) COSTAS: Las costas serán conforme a lo solicitado y exímase a las partes del pago de sellados y de la tasa de Justicia, haciéndoles saber que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del presente acuerdo (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA).
3) Tiénense presentes las demás pautas pactadas.
4) REGULACIÓN DE HONORARIOS: ... regúlanse los honorarios de los letrados ... Dr. LIONEL STIPCIC ... 107,08 Jus ($ 5.700.000) ... Dr. ROUMIEU JAVIER GASTON ... 53,54 Jus ($ 2.850.000) ... Dr. PIRILLO GABRIEL MARIO ... 26,77 Jus ($ 1.425.000) ... PARODY ALEJANDRO AGUSTIN ... 26,77 Jus ($ 1.425.000) ... Regúlanse los honorarios del Perito Contador, LUCIANO FOGLIA , en la suma de pesos UN MILLÓNCUATROCIENTOS VEINTICICO MIL ($ 1.425.000) ...
5) SUMAS A DARSE EN PAGO:
a) La demandada deberá depositar el CAPITAL del actor/a en la "CUENTA SUELDO" del trabajador/a, siempre que aquella se encuentre disponible (ART. 17 Ley 27.348 y 124 de la LCT) ... Hágase saber que la fecha de pago queda supeditada al debido cumplimiento de este requisito por parte del /los beneficiario/s."
- Votos: El voto inicial del Dr. Amodio propone la homologación y los Dres. Vodeb y Ginocchio adhieren; el bloque dispositivo final confirma por mayoría la homologación. No se registran disidencias relevantes.
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