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TORRES EMMANUEL IGNACIO C/ TEORA REFRIGERACION S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO

Demanda por despido con conciliación homologada por el Tribunal. El Tribunal homologó la conciliación por $1.600.000 y reguló costas, tasa de justicia ($35.200) y honorarios de abogados en 7 Jus ($372.624 cada uno), disponiendo forma y plazos de pago.

Costas Regulacion de honorarios Despido Homologacion de conciliacion Tribunal del trabajo n? 2 Conciliacion judicial Honorarios 7 jus ($372.624) Tasa de justicia $35.200 Pago $1.600.000 Intimacion de cuentas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: TORRES EMMANUEL IGNACIO. Demandado: TEORA REFRIGERACION S.A. y STEFANELLI JOSE ANTONIO. Objeto: Pretensión por despido (acción laboral por despido). Decisión: El Tribunal homologó la conciliación celebrada entre las partes por la suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000), declaró las costas conforme a lo solicitado, denegó la exención de la tasa de justicia y reguló honorarios; fijó forma y plazos de pago y ordenó intimaciones para acreditar cuentas y aportes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "A LA UNICA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR JUEZ DOCTOR AMODIO DIJO: La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA). Costas conforme a lo solicitado. ASI LO VOTO. A la misma cuestión planteada, los señores Jueces Doctores VODEB y GINOCCHIO, por las mismas consideraciones adhieren .-" "el Tribunal RESUELVE: 1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora TORRES EMMANUEL IGNACIO y la demandada TEORA REFRIGERACION S.A.,STEFANELLI JOSE ANTONIO por la suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado. 2) COSTAS: Las costas serán conforme a lo solicitado. 3) No ha lugar a la exención del pago de la tasa de justicia y su adicional, correspondiendo fijar en concepto de TASA de JUSTICIA, la suma de pesos TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 35.200)..." "5) REGULACIÓN DE HONORARIOS: ...regúlanse los honorarios de los letrados de la parte actora Dr. GUILLERMO GUSTAVO CORRALES en la cantidad de 7 Jus ($ 372.624) ... y de los letrados de la parte demandada Dr. CACERES PABLO ADRIAN en la cantidad de 7 Jus ($ 372.624) ... a los que debe adicionarse el 10 % de ley..."
- Votación/Mayoría: La sentencia se adoptó por unanimidad de los tres jueces (Amodio propuso y Vodeb y Ginocchio adhirieron), por lo que la homologación fue acordada por la mayoría.

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