DE MIGUEL LIDIA MARCELA C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La actora promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057) y las partes celebraron conciliación por $4.000.000. El Tribunal homologó la conciliación por PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000), reguló honorarios y ordenó el pago de la tasa de justicia de $88.000 más demás pautas pactadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DE MIGUEL LIDIA MARCELA.
Demandado: PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA.
Objeto: Acción de revisión de Resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057) — reclamo derivado de contingencia laboral; las partes arribaron a conciliación privada.
Decisión: Homologación de la conciliación por PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000), costas conforme lo solicitado, imposición de tasa de justicia de $88.000 y regulación de honorarios (Dr. Martín Ezequiel Fumarola $800.000; Dra. Barrios Alejandra Elisabet $800.000), entre otras pautas de pago y intimaciones relativas a cuentas bancarias y aportes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes en lenguaje original):
"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA). Costas conforme a lo solicitado.
ASI LO VOTO."
"A la misma cuestión planteada, los señores Jueces Doctores VODEB y GINOCCHIO, por las mismas consideraciones adhieren."
Bloque dispositvo final (literal):
"el Tribunal RESUELVE:
1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora DE MIGUEL LIDIA MARCELA y la demandada PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado.
2) COSTAS: Las costas serán conforme a lo solicitado.
3) No ha lugar a la exención del pago de la tasa de justicia y su adicional, correspondiendo fijar en concepto de TASA de JUSTICIA, la suma de pesos OCHENTA Y OCHO MIL ($ 88000)...
5) REGULACIÓN DE HONORARIOS: ... regúlanse los honorarios de los letrados de la parte actora Dr. MARTIN EZEQUIEL FUMAROLA en la cantidad de 15,03 Jus ($ 800.000) más IVA en caso de corresponder, y de los letrados de la parte demandada Dr. BARRIOS ALEJANDRA ELISABET en la cantidad de 15,03 Jus ($ 800.000) más IVA en caso de corresponder..."
- Votos: El acuerdo fue unánime; el Juez Amodio abrió con el voto que fundamentó la homologación y Vodeb y Ginocchio adhieren. El bloque dispositivo final confirma la homologación.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: