SANCHEZ, MARIO OSCAR C/PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo solicitando reparación, alcanzándose conciliación por $26.600.000. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio y reguló costas y honorarios: letrados actuantes percibirán $2.560.000 y $2.760.000 respectivamente; perito $2.128.000, con las demás pautas de pago e intimaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SANCHEZ, MARIO OSCAR.
Demandado: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo; pretensión de reparación; las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio.
Decisión: El Tribunal homologa la conciliación por la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($26.600.000). Se imponen las costas en el orden causado con excepción de las derivadas de honorarios de letrados y peritos conforme lo convenido; se regulan honorarios y se ordenan intimaciones para acreditación de aportes previsionales y datos bancarios para el pago en cuentas personales. Se exime a las partes del pago de la tasa de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales):
"Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye la presentación electrónica de fecha 07/08/26. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos. Es procedente en consecuencia, homologar la conciliación por la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($26.600.000), que la demandada -sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio-, se allana a pagar mediante depósito en una cuenta bancaria de exclusiva titularidad del actor en un único pago que se hará efectivo a los 45 días de la notificación de la presente." (voto de la Juez Bocchio)
"Corresponde asimismo imponer las costas en el orden causado, a excepción de las derivadas de los honorarios de los letrados y de los peritos de acuerdo a lo convenido, teniendo al efecto presente el reconocimiento de honorarios formulado y eximir a las partes del pago de tasa de justicia conforme lo pidieron (art. 24 Ley 15.057)." (voto de la Juez Bocchio)
Bloque dispositivo final (mayoría): "RESUELVE: I) Homologar el acuerdo conciliatorio a que arribaran las partes en autos, que asciende a la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL ($26.600.000), en las condiciones pactadas.
- II) Costas en el orden causado, a excepción de las derivadas de los honorarios de los letrados y de los peritos conforme lo convenido, a cuyo fin: ... REGÚLENSE los honorarios de los letrados intervinientes: por la parte actora: Dr. BRUNO NICOLAS DI TONTO ..., en la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL ($2.560.000) ... Dr. DANIEL ALBERTO ROSSI ..., en la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL ($2.760.000) ... por la parte demandada ... Dr. HERNAN JOSE MIGUEL CAPOLUPO ..., en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO ($372.624) ... Asimismo ... adicionársele ... la alícuota correspondiente al impuesto al Valor Agregado (21% de los honorarios regulados). Intímase a los letrados beneficiarios ... dentro de los 60 días corridos ... acrediten el depósito de los aportes previsionales ... una vez percibidos sus emolumentos, adjuntando en ambos casos los formularios correspondientes. ... III) Regúlanse los honorarios del profesional: perito médico LUCIANO DANIEL GRILLO, en la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL ($2.128.000) ... deberán abonarse mediante depósito en autos dentro de los 10 días de la presente ... V) Exímese a las partes del pago de la tasa de justicia."
- Votos y mayorías relevantes: La sentencia contiene el voto inicial de la Jueza Bocchio proponiendo homologar la conciliación y los votos de los jueces Traverso y Valcarce adhiriendo al voto de Bocchio (Valcarce con salvedad sobre tasa de justicia). El bloque dispositivo final homologa el acuerdo y regula honorarios conforme lo consignado, por lo que esa es la decisión mayoritaria.
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