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DIAZ BRENDA VERONICA C/ COSMETICOS AVON SACI Y OTRO/A S/ DESPIDO

Demanda por despido contra Cosméticos Avon y Natura; se admitió el desistimiento respecto de Natura y se homologó el acuerdo transaccional con Avon. El Tribunal admitió el desistimiento respecto de NATURA COSMETICOS SA y homologó el acuerdo presentado a fs.135, imponiendo costas a COSMETICOS AVON y regulando tasas y honorarios.

Costas Regulacion de honorarios Desistimiento Tasa de justicia Transferencia bancaria Despido Homologacion de acuerdo Cosmeticos avon Tribunal del trabajo n?1 Natura cosmeticos sa

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DIAZ BRENDA VERONICA. Demandado: COSMETICOS AVON SACI y NATURA COSMETICOS SA. Objeto: Causa por despido (autos caratulados "DIAZ BRENDA VERONICA C/ COSMETICOS AVON SACI Y OTRO/A S/ DESPIDO"). Decisión: Se admitió el desistimiento formulado respecto del codemandado NATURA COSMETICOS SA, declarándose extinguido el proceso respecto de ese codemandado; y se homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes respecto de COSMETICOS AVON, imponiéndose las costas a COSMETICOS AVON. Se regularon tasa de justicia y honorarios y se ordenaron las comunicaciones bancarias necesarias para efectuar transferencias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en lenguaje original del Tribunal): "Al desistimiento formulado por el actor, en los términos en que fue planteado, no vulnera ningún principio de órden público, por lo cual considero procedente admitirlo respecto de la acción y del derecho en relación al codemandado NATURA COSMETICOS SA (arts. 305 y 306 del C.P.C.C. y 277 L.C.T.). Costas en el orden causado (art. 124,25/26 y 27 Ley 15057 ).- ·En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA : COSMETICOS AVON.-"
- Texto del dispositivo final (transcripto textualmente): "el Tribunal RESUELVE: I) Admitir el desistimiento formulado, teniéndose en consecuencia por extinguido el presente proceso respecto del codemandado NATURA COSMETICOS SA (arts. 305 y 306 del C.P.C.C. y 277 L.C.T.). Con costas en el orden causado (arts. 24,25,26 y 27 Ley 15057). II) Homologar el acuerdo presentado a fs. 135 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA: COSMETICOS AVON (art. 24 y 26 Ley 15057).-"
- Montos y regulaciones ordenadas: Tasa de Justicia: $880.000. Honorarios regulados: Dres. FOGLIA RICARDO, RITA MAIRA CONSTANZA y PROVENZANO MAIA DANIELA en $2.600.000 cada uno (48,84 JUS cada uno) y a la Dra. MANSILLA DIANA MARTA en $8.000.000 (150,28 JUS), más el 10% e IVA si corresponde. Perito MARIA EUGENIA BOFFA: $2.000.000 más adiciones legales.

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