ROLON LEONARDO SEBASTIAN C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El actor promovió demanda por accidente in itinere reclamando prestaciones dinerarias e indemnizaciones por secuelas físicas y psicológicas. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda: condenó a la ART al pago por secuelas físicas ($47.621 más intereses hasta $242.894 al 24/9/2026), y desestimó el daño psicológico y la prestación adicional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ROLON LEONARDO SEBASTIAN.
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A.
Objeto: acción por accidente in itinere del 13/08/2019; prestaciones dinerarias por incapacidad (arts. 11,12,13,14 ley 24.557 y art. 3 ley 26.773), daño psicológico y prestación adicional prevista en art. 3 ley 26.773.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar $47.621 por secuelas físicas (actualizadas con intereses desde el 13/08/2019), intereses liquidables en $195.273 al 24/9/2026 y total condena por $242.894 al 24/9/2026; se desestimó el reclamo por daño psicológico y la prestación adicional; se impusieron costas y se regularon honorarios y pericias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes):
"En cuanto a la existencias de secuelas físicas incapacitantes, debe estarse a lo informado por el perito médico actuante, en el dictamen obrante en autos a fs. 67, de donde surge que la parte actora detenta alteraciones anatomofuncionales en el tobillo que le genera un 2,26% de la total obrera. Asimismo, en el dictamen referido el experto establece la vinculación causal del siniestro denunciado y las patologías identificadas."
"Respecto de la existencia de secuelas psicológicas incapacitantes, he de apartarme del dictamen pericial psicológico por las razones que seguidamente he de exponer. ... Por el contrario, en los antecedentes el perito asienta que 'No refiere enfermedades'. Consecuentemente, ha sido formulado sobre una premisa apócrifa y su conclusión no puede ser científicamente válida. Asimismo, debo destacar que el perito ha referido el mismo cuadro psicológico que ya ha sido reclamado por el siniestro anterior y que tramita ante éste Tribunal. La coincidencia de una secuela reclamada con carácter de permanente obsta que pueda verosímilmente atribuirse el mismo cuadro a éste nuevo siniestro. Luego, y por los motivos expresados, considero oportuno apartarme del dictamen pericial psicológico y concluir que no se ha acreditado en auto cuadro psicológico alguno derivado del siniestro de autos (art. 375 CPCC)."
"Deberá, también, desestimarse el rubro referido a la prestación adicional prevista en el art. 3 de la ley 26.773. En efecto, dicho precepto solo contempla la prestación dineraria para el caso de que el siniestro suceda estando el empleado a disposición de empleador. Tal limitación luce razonable al encontrar previsto su diseño para un sistema cerrado de reparación como el establecido por la Ley de Riesgos del Trabajo ... En conclusión, corresponde desestimar el reclamo de la prestación adicional, por tratarse de un sistema cerrado de reparación, y no existir fundamento legal que le de sustento (art. 726 del Código Civil y Comercial, CSJN 7 de junio de 2016 ESPOSITO DARDO C/ PROVINCIA ART S.A.S/ ACCIDENTE)."
"Considero corresponde hacer lugar a la demanda entablada por el actor por las secuelas físicas padecidas con origen al siniestro de 13/08/2019, contra SWISS MEDICAL ART S.A. por la suma de pesos $47.621,00 tomándose en cuenta el ingreso base ($17.136,87), multiplicado por cincuenta y tres veces el mismo; multiplicado por el porcentaje de incapacidad sufrido (2,26%); por el coeficiente que resultara de dividir el número 65 por la edad que tenía la actora a la fecha de toma de conocimiento (28 años). (arts. 12,13 y 14 de la ley 24557)."
Bloque dispositivo final (transcrito):
"I
- Desestimar el rubro referido a daño psicológico por carecer de causa legal que lo justifique (art. 375 C.P.C.C. y art. 726 del Código Civil y Comercial).
II
- Desestimar el reclamo de la prestación adicional, por tratarse de un sistema cerrado de reparación, y no existir fundamento legal que le de sustento (art. 726 del Código Civil y Comercial, CSJN 7 de junio de 2016 ESPOSITO DARDO C/ PROVINCIA ART S.A.S/ ACCIDENTE)
III
- Hacer lugar a la demanda instaurada referida al siniestro del día 13/08/2019, condenando a SWISS MEDICAL ART S.A., a abonar al actor ... la suma de pesos $47.621,00 ... Dicha suma debe ser integrada, a partir del 13/08/2019 ... con intereses ... De tal manera, los intereses devengados desde el 13/08/2019 hasta el 24/9/2026 se deberán liquidar en la suma de $195.273,00. Importa en consecuencia el total de la condena en favor del actor a cargo de la demandada la suma total de $242.894,00 al 24/9/2026. IV
- Imponer las costas a la demandada vencida ..."
Votos: Los Dres. Budnik, Saccardo y Rinaldi votaron en el mismo sentido; el bloque dispositivo final es unánime y conforma la decisión del Tribunal.
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