PORCO FEDERICO RUBEN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Acción de fijación de honorarios extrajudiciales por asesoramiento en trámite ante Comisión Médica. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del segundo párrafo del art. 37 de la Res. 298/17 y reguló honorarios en favor del Dr. Porco por 6,33 jus ($336.960) imponiendo costas a la ART.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dr. Porco Federico Rubén, por derecho propio.
Demandado: Federación Patronal Seguros S.A.U. (ART).
Objeto: Regulación de honorarios profesionales por labores extrajudiciales realizadas en el expediente administrativo SRT N° 558542/25 (Comisión Médica) en el marco de la ley 24.557 y Ley 27.348.
Decisión: Se hizo lugar a la acción, se declaró inconstitucional el segundo párrafo del art. 37 de la Res. 298/17 en cuanto limita el derecho del letrado a percibir honorarios por la obtención total o parcial del reclamo; se regulan honorarios a favor del Dr. Porco en 6,33 jus equivalentes a $336.960 (más aportes previsionales e IVA) a cargo de la ART; se imponen las costas a la demandada; y se regulan honorarios de 3,5 jus ($186.312 cada uno) para el Dr. Porco y el Dr. Guarracino por la única etapa cumplida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"No se discute tampoco que la instancia administrativa es de carácter previa y obligatoria previo al inicio de cualquier acción judicial. Por ende su tramitación es obligatoria y por tanto llegar a su final es imprescindible."
"Conforme la ley 27348 y sus resoluciones complementarias, resulta obligatorio el patrocinio letrado del trabajador, permitiéndose expresamente la adopción de uno particular, como asimismo que su actuación generará honorarios (en caso resultar útil) a cargo de la ART interviniente y que tales honorarios no serán determinados por la comisión medica, resultando aplicables las legislaciones locales en la materia (Res.298/17 SRT)..."
"Por ello, la resolución referida ha incurrido en un notorio exceso reglamentario al introducir un requisito que modifica sustancialmente el derecho del abogado a percibir honorarios, que excede las facultades constitucionales de la administración y también su incumbencia en la materia regulada, toda vez que la regulación de las profesiones liberales es una de las facultades reservadas por la Provincia de Buenos Aires."
"Consecuentemente, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 37 segundo párrafo de la resolución 298/17 en cuanto limita el derecho del letrado a la obtención total o parcial del reclamo (art. 1, 75 inc. 12, art. 99 inc. 2 y 121 de la Constitución Nacional)."
Dispositivo final (extracto):
"I
- Declarar la inconstitucionalidad del art. 37 segundo párrafo de la resolución 298/17 ...
II
- Hacer lugar a la acción impetrada... regulando honorarios del Dr. PORCO FEDERICO RUBEN ... equivalente de 6,33 jus arancelarios ... suma de $336.960; con más los aportes previsionales e IVA ... a cargo de la ART demandada.
III
- Imponer las costas a la demandada vencida.
IV
- ... regular los honorarios del Dr. PORCO FEDERICO RUBEN y GUARRACINO DANIEL, en el valor de 3,5 Jus arancelarios cada uno, ... suma de $186.312,00; con más los aportes del 10% e I.V.A. si correspondiere."
(Señalamiento: los Dres. Saccardo y Rinaldi votaron en el mismo sentido; el bloque dispositivo final constituye la resolución por mayoría.)
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