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CANO HUGO DAVID C/ BELEN CARLOS ALBERTO S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido reclamando una suma total por la relación laboral; las partes celebraron una transacción por $15.000.000 pagaderos en 6 cuotas. El Tribunal homologó la transacción por ser una justa composición conforme art. 15 LCT y autorizó el pago directo en la caja de ahorro del actor, imponiendo costas a la parte demandada.

Homologacion Despido Transaccion laboral Art. 277 lct Costas a cargo del demandado Art. 15 lct Regulacion de honorarios (jus) Pago en cuotas ($15.000.000 6 x $2.500.000) Caja de ahorros (banco provincia) Trenque lauquen observacion: la resolucion es de primera instancia del tribunal de trabajo de trenque lauquen homologando la transaccion celebrada entre las partes y fijando las condiciones de pago y costas segun lo transcripto.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Hugo David Cano. Demandado: Carlos Alberto Belén. Objeto: Reclamo por despido cuya pretensión fue reajustada por el actor a la suma única, total y definitiva de PESOS QUINCE MILLONES ($15.000.000), según la transacción ofrecida. Decisión: El Tribunal homologó la transacción celebrada entre las partes (homologación concedida), dio por concluido el juicio, ordenó el pago en 6 cuotas de $2.500.000 cada una mediante depósito en la caja de ahorro del actor, eximió al obligado al pago del 50% del sellado, y puso las costas a cargo de la parte demandada. Asimismo reguló honorarios y autorizó pago directo a las cuentas denunciadas de profesionales y del actor.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que las partes convienen que las costas del presente juicio serán soportadas por la parte demandada (arts. 73 del C.P.C. y C. y 24 y 89 ley 15.057, conf. Res. 1840/2024 SCBA)." "Que la referida Transacción es una manifestación bilateral de voluntades que no afecta el orden público y que en tal caso se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes conforme lo dispone el art. 15 de la L.C.T.." "Que atento a ello y lo prescripto por los Arts. 1.641; 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, con el alcance del art. 1.642 del citado código y art. 15 de la L.C.T., entiendo que, previo cumplimiento de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 6716, debe hacerse lugar a la homologación solicitada, dando por concluido el juicio." Del dispositivo: "2º).
- HOMOLOGAR en cuanto hubiere lugar por derecho la TRANSACCION celebrada entre las partes que obra en escrito presentado en fecha 21/09/2026 ... PRIMERA: Que, en el estado de las presentes actuaciones, la parte actora reajusta su pretensión por los reclamos efectuados en este trámite en la suma única, total y definitiva de Pesos QUINCE MILLONES ($ 15.000.000). SEGUNDA: Que la demandada, sin reconocer hechos ni derechos y al sólo efecto de llegar a un acuerdo conciliatorio ... se aviene al pago de la referida suma, que será abonada en 6 (SEIS) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 2.500.000 ... siendo la primera de ellas pagadera a los 5 días desde la homologación judicial del presente convenio. TERCERA: La suma convenida precedentemente será abonada mediante depósito judicial en la caja de ahorro del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a nombre del actor ... CUARTA: La parte actora acepta el monto y la forma de pago ofrecida, prestando absoluta conformidad. Manifestando que una vez percibida la totalidad de la suma aceptada, ... nada más tiene que reclamar a CARLOS ALBERTO BELEN ... QUINTA: El incumplimiento en el pago de una sola de las cuotas, dará derecho a la actora a ejecutar judicialmente este convenio, reclamando el pago del total adeudado ... SEXTA: Las partes convienen que las costas son a cargo de la parte demandada ..." También se consignaron reglas sobre modalidad de pago y justificación: "El pago realizado de la forma indicada deberá ser justificado en el expediente mediante constancia adjunta que acredite su cumplimiento en el término de cinco (5) días de su cumplimiento. Se hace saber a las partes que todo pago que no cumpla con lo indicado será nulo de pleno derecho (art 277 LCT)." Regulación honorarios y forma de pago a profesionales: "Regular los honorarios profesionales devengados por los Dres. Ricardo Dominguez y Diego Belén, en la en la cantidad de 56.3570784491 Jus y de 56.3570784491 Jus, respectivamente, a las que se adicionará el 10% que determina el art. 12 de la ley 6.716 ... Los pagos de honorarios profesionales _asistencias letradas y peritos_ deberán ser por pago directo ... mediante depósito bancario en la cuenta que cada profesional sea titular ... deberán denunciar cuenta bancaria y CBU de su titularidad."

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