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FORNERIS PATRICIA ELIANA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La actora promovió acción de revisión judicial contra la disposición homologatoria de la Comisión Médica por un accidente de trabajo del 10/09/2019 solicitando prestación dineraria por incapacidad. El Tribunal confirmó la homologación SRT 160539/22 y rechazó la demanda por no acreditarse incapacidad resarcible conforme al baremo vigente.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Revision judicial Pericia medica y psicologica Ley 24.557 Ley 26.773 Comision medica / homologacion Baremo (decreto 549/25) Srt expediente 160539/22 Costas y honorarios periciales (50% compartido)

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) FORNERIS PATRICIA ELIANA, agente de policía, DNI 27.037.229, representada por la Dra. Kressi Claudia Patricia.
- A quién se demanda (Demandado) PROVINCIA DE BUENOS AIRES (empleador: Ministerio de Seguridad
- Seguridad Provincial), representada por la Fiscalía de Estado.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Revisión judicial de la resolución administrativa de la Comisión Médica que declaró inexistente incapacidad; reconocimiento y pago de la prestación dineraria por incapacidad permanente (art. 14 inc. 2) a) de la ley 24.557) y adicional art. 3 Ley 26.773 por siniestro laboral ocurrido el 10/09/2019 (mordedura de perro y entorsis de rodilla derecha).
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Confirmar la disposición homologatoria del expediente SRT 160539/22 (fojas 59/61) de fecha 19/07/2022 y rechazar la acción de revisión. Imponer costas a la actora con beneficio de gratuidad, con regla especial sobre honorarios periciales (50% a cargo de cada parte). Regular honorarios profesionales y peritos (monto y plazos consignados).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "El expediente se inicia con motivo en la DIVERGENCIA EN LA DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD y la disposición homologatoria cuestionada determina que la trabajadora Sra FORNERIS PATRICIA ELIANA ... NO POSEE INCAPACIDAD conforme lo dictaminado por la Comisión Medica N° 12, Delegación TANDIL, Provincia de Buenos Aires el día 29 de Junio del 2022, respecto de la contingencia acaecida el día 10 de Septiembre del 2019, mientras prestaba tareas para su empleador MINISTERIO DE SEGURIDAD -SEGURIDAD PROVINCIAL ..." "La perito psicóloga designada en la causa concluye que la persona peritada no padece lesión psíquica mensurable vinculada al siniestro denunciado. Y el perito médico Farina informa que por la aplicación del baremo legal del decreto 549/2025 la impugnante no presenta alteración funcional sobre el segmento analizado que la incapacite. Dice textual: 'Incapacidad actual: Tomando en cuenta los baremos de la "Tabla de Evaluación de las Incapacidades Laborales", decreto 549/25, la peritada presenta: "flexión a 140° y extensión a ° 150°", por lo cual, no presenta incapacidad'." "Por último, cabe decir que si bien el informe pericial médico carece de efectos vinculantes, no cabe duda que constituye el elemento de prueba más idóneo para establecer el origen y la etiología de la dolencia, y en ese entendimiento apartarse de sus conclusiones debe responder a motivos razonables y científicamente fundados..." "Sentado lo expuesto, poniendo en valor las conclusiones periciales, a la luz del baremo legal vigente -decreto 549/25
- ... juzgo que no se comprobó en la causa la existencia de minusvalía física padecida por Patricia Eliana FORNERIS a consecuencia del infortunio laboral denunciado, de fecha 10 de Septiembre del 2019, en los términos de la ley 24.557 -artículo 8°, apartado 3
- , Ley 26773 -art. 9
- y que de ello derive en incapacidad laboral resarcible. Así lo voto." "De manera que, en atención a las probadas constancias de la causa se impone desestimar la pretensión reclamada por cuanto no quedó acreditado en este juicio que la medición denunciada en rodilla derecha 'flexión a 140° y extensión a ° 150° signifique incapacidad según la tabla de incapacidades vigente, resarcible en los términos del baremo nacional. Razón por la cual corresponde confirmar la disposición homologatoria dictada en el expediente SRT 160539/22 -al folio 59/61
- en fecha 19/07/2022 y proponer el rechazo de la acción de revisión intentada (art. 2 inc. j de la ley 15.057). Así lo voto." Bloque dispositvo final: "I.
- Confirmar la disposición homologatoria dictada en el expediente SRT 160539/22 -al folio 59/61
- en fecha 19/07/2022 y proponer el rechazo de la acción de revisión intentada ... en cuanto persigue el reconocimiento y cobro de la prestación dineraria prevista en el art. 14 inc. 2) a) de la ley 24.557 y del pago adicional previsto en el art. 3 de la ley 26.773. II.
- Imponer las costas a la accionante vencida con el beneficio de gratuidad (art 27 Ley 15.057) , con excepción de los honorarios de los peritos intervinientes, ante la contribución de la prueba producida en el resultado del pleito, razón por la cual serán a cargo en un 50% de cada uno de los litigantes. III.
- Regular los honorarios de los profesionales intervinientes ... los de la Dra. KRESSI ... 10 jus de ley 14.967. Los del Perito Médico FARINA ... en $148.000,00 ... La Perito Psicóloga ... $148.000,00 ... Perito Contadora ... $148.000,00 ... dentro del término de 60 días hábiles que comenzará a correr desde que quede firme la presente..."
- Votos / Mayoría Los tres magistrados (Iacaruso, Moragas y Persson) votaron en el mismo sentido; el dispositivo final confirma la homologación y rechaza la demanda.

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