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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SOUTHTON CORP SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para el cobro de una deuda fiscal por $7.187.921,00 más intereses. El Tribunal hizo lugar al trance y remate y ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago, imponiendo las costas a la parte vencida y aplicando intereses según el artículo 104 del Código Fiscal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: SOUTHTON CORP SA. Objeto: Ejecución fiscal mediante apremio provincial por el capital reclamado de Pesos SIETE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 0/100 ($7.187.921,00), con intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hace lugar a la causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago del capital reclamado y sus intereses. Se constituyó el domicilio ad litem por haber sido debidamente intimada la parte demandada; las costas se imponen a la vencida; difiérese la regulación de honorarios para su oportunidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del Tribunal): "No habiendo la parte accionada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs., ley 13.406; 116 y 155, CPCC) Se deja constancia que la parte demandada en el presente proceso de apremio, fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el mandamiento de intimación de pago y citación para la defensa adunado en forma electrónica, haciéndose saber al apoderado fiscal que deberá conservar el mandamiento original oportunamente librado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs., ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs., CPCC;" FALLO: "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte accionada, SOUTHTON CORP SA haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado el cual se eleva a la suma de Pesos SIETE MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 0/100 ($7.187.921,00). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte encartada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs., CPCC). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51, ley 14.967)."

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