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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MANDOLINO HECTOR LEONARDO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco promovió apremio provincial reclamando el pago de capital tributario y accesorios. El Tribunal ordenó ejecutar, proceder a trance y remate hasta que Héctor Leonardo Mandolino pague la suma de $32.776,00 más intereses según el artículo 104 del Código Fiscal, imponiendo las costas a la vencida.

Ejecucion fiscal Intimacion de pago Apremio provincial Trance y remate Costas a la vencida Ley 13.406 Domicilio ad litem Fisco provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Regulacion de honorarios diferida

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Héctor Leonardo Mandolino. Objeto: Pago del capital reclamado en ejecución fiscal por la suma de Pesos TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 0/100 ($32.776,00) y sus intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal; medidas de apremio, trance y remate para hacer efectivo el cobro. Decisión: Se ordenó continuar con la causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte accionada haga íntegro pago del monto reclamado, con aplicación de intereses desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago; se considera constituido el domicilio ad litem por haberse notificado la intimación; costas a la vencida; y diferida la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del tribunal): "No habiendo la parte accionada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs., ley 13.406; 116 y 155, CPCC)" "Se deja constancia que la parte demandada en el presente proceso de apremio, fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el mandamiento de intimación de pago y citación para la defensa adunado en forma electrónica, haciéndose saber al apoderado fiscal que deberá conservar el mandamiento original oportunamente librado en autos." FALLO: "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte accionada, HECTOR LEONARDO MANDOLINO haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado el cual se eleva a la suma de Pesos TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 0/100 ($32.776,00). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte encartada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs., CPCC). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 51, ley 14.967)."

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