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ALMIRANDA FAUSTINO C/ IOMA S/ AMPARO

Amparo por cobertura de acompañamiento terapéutico domiciliario para niño con TEA nivel 3. El Tribunal hizo lugar al amparo y ordenó a IOMA otorgar la cobertura al 100% conforme a la prescripción profesional en el plazo de tres días, por resultar la limitación por edad irrazonable y en contraposición con normas constitucionales e internacionales sobre discapacidad y salud.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: María Valentina De La Fuente, por derecho propio y en representación de su hijo Faustino Almiranda (DNI 58.528.583). Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) de la Provincia de Buenos Aires. Objeto: cobertura al 100% de acompañamiento terapéutico domiciliario, de lunes a sábado, cinco horas diarias, según prescripción médica para Faustino (niño de 5 años, diagnosticado con TEA Nivel 3), así como la elección del profesional y adecuada tarifa de cobertura. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a IOMA otorgar la cobertura solicitada conforme a las modalidades, períodos y franja horaria indicados por la profesional tratante, al 100%, en el plazo de tres días de notificada la sentencia. Se impusieron las costas a IOMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "en la especie se encuentra claramente comprometido el derecho a la salud integral de su hijo Faustino, quién es un niño con una discapacidad, demostrando por sí mismo la procedencia de la vía procesal transitada." "la limitación de edad invocada para desatender el pedido de cobertura que los profesionales tratantes prescriben como indicada para el abordaje de su salud, luce irrazonable, sin fundamentación siquiera aparente, y no puede ser óbice para la prestación debida en cumplimiento de la normativa nacional e internacional protectoria de las personas, máxime considerando la doble vulnerabilidad existente, esto es, la de ser un niño con discapacidad." "ante lo manifestado por las partes, no encuentro motivos para que la designación de la acompañante sea otra que la escogida por la familia de Faustino y por los profesionales médicos que acompañan y apuntalan en la progresión de su desarrollo y despliegue de autonomía, tal como lo ordena nuestro sistema legal vigente. Máxime tomando en cuenta la ausencia de efectores por parte del IOMA, para realizar las prestaciones requeridas." FALLO (fragmento): "1.
- Haciendo lugar a la acción de amparo promovida ... ordenar al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) ... que otorgue al niño Faustino Almiranda ... la cobertura conforme modalidades, periodos y franja horaria, y al 100% de cobertura, en los términos indicados por la profesional tratante en autos, en el plazo de tres (3) días de notificada la presente, y articulando para ello los mecanismos necesarios a fin de asegurar su efectiva cobertura ... 2.
- Imponiendo las costas a la demandada en su calidad de vencida."

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